Una obra social deberá proveer de cannabis a un niño con discapacidad

Así lo ordenó la Justicia tras analizar el caso de un nene de un año y medio que padece de encefalopatía epiléctica refractaria y sufre hasta 620 espasmos diarios. Sus padres interpusieron una medida cautelar para que la obra social otorgue cobertura integral del medicamento “Charlotte ‘s Web Hemp Extract Oil”, cuyo principio activo es Cannabidol.

En su presentación ante el juez federal 2 de La Plata, Adolfo Gabino Ziulu, explicaron que la medicación indicada “no se comercializa en el país y su componente substancial es un derivado de una droga -cannabis- cuya utilización, aún con fines medicinales, no está legalmente autorizada”.

Al resolver sobre la cuestión, el magistrado advirtió la “gravedad del cuadro clínico que aqueja al menor, su condición de discapacitado, la indicación de dos profesionales médicos sucesivos, la prueba previa que se ha realizado con la citada droga con resultados positivos y que la misma es elaborada en países extranjeros con estándares importantes en el cuidado de la salud”.

Asimismo, Gabino Ziulu señaló en su dictamen que la decisión provisoria favorable a la “utilización del cannabis y sus derivados como una alternativa terapéutica, lo es al margen de los perjuicios relacionados con el consumo lúdico de esa sustancia y en base a los informes médicos especializados en neurología infantil derivados de una institución oficial de indudable jerarquía científica”, como el Servicio de Neurología del Hospital de Niños “Sor María Ludovica” de la ciudad de La Plata.

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