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Anuncios más claros: simplifican los avisos legales de las publicidades

La secretaría de Industria y Comercio de la Nación emitió una resolución para simplificar los avisos legales de las publicidades, en pos de anuncios “más claros y transparentes”. Habrá cinco requisitos indispensables.

Así, la nueva normativa provee un marco que “facilita la comprensión de los avisos legales de las publicidades”, según señalaron desde el área. Hasta ahora, los mismos se pautan en velocidad adelantada o con tamaño mínimo de letra.


De acuerdo a las autoridades, esto “dificulta el acceso a la información de los consumidores”. De esta forma, se refuerza la obligatoriedad de que “los legales radiales deberán ser leídos en forma entendible y clara”.

Con este cambio, los proveedores de bienes y servicios deberán informar, siempre en forma clara y no generando confusión, el alcance territorial, vigencia temporal, nombre o razón social, domicilio y el número de CUIT del proveedor, a la vista en la publicidad. 

Las condiciones o limitaciones de la publicidad estarán disponibles en la página web o número de teléfono gratuito publicados. Se busca así que los anuncios publicitarios masivos “sean comprensibles para los consumidores”.

 

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Más cambios

Previo a esta resolución, la tipografía debía tener un mínimo de 2 milímetros, ocupar el 2% de la publicidad y, en medios digitales y televisión, permanecer 3 segundos en pantalla. 

En cambio ahora, el mínimo es de 3 milímetros y debe ocupar un 5% de la pieza. En el caso de anuncios televisivos o de redes sociales, debe permanecer 4 segundos de corrido.

Con los cambios se busca “dar información transparente para el receptor del anuncio”.

 

 

Cuando las publicidades masivas incluyan precios, el anuncio tendrá que tener visible el precio final en moneda de curso legal. En el caso de alimentos, bebidas o productos de higiene, además, deberá figurar el precio por unidad de medida.

“Estos cambios son en pos de que los consumidores puedan ejercer debidamente la libre elección de compra”, argumentaron desde Comercio. De igual forma, se mantiene la obligatoriedad de inclusión de leyendas de advertencia (bebidas alcohólicas, medicamentos de venta libre, etc.).




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