El presidente Javier Milei y sus ministros firmaron la derogación de la última prórroga de la ley de emergencia territorial indígena (26.160), que vencía en noviembre de 2025 y mantenía la suspensión de los desalojos sobre tierras comunitarias de los pueblos originarios.
La determinación de Milei se concretó vía el decreto de necesidad y urgencia 1083/2024, publicado cuando los legisladores ya habían finalizado sus sesiones ordinarias.
La posición de los abogados defensores de los derechos indígenas
Al respecto, la abogada e integrante de la Asociación de Abogades de Derecho Indígena (AADI), Silvina Ramírez, calificó la decisión como “un acto de gravedad inusitada” y advierte que, como consecuencia, “los desalojos pueden llevarse adelante”.
“Aunque sigan vigentes los instrumentos jurídicos internacionales, como el convenio 169 de la OIT, esta ley permitía invocarla para evitar los desalojos, que lamentablemente se seguían sucediendo en el país. Esta derogación deja en una zona de enorme incertidumbre estos relevamientos, que hasta el presente habían avanzando en un 50 por ciento, con muchísimos obstáculos y ambivalencias”, analiza la letrada en una nota de la agencia de noticias Tierra Viva.
El paso previo del DNU 1083 fue la decisión tomada a fines de septiembre por el titular del INAI, Claudio Avruj, quien a través de la resolución 53/2024 eliminó el Registro Nacional de las Comunidades Indígenas (Renaci). El mismo se había creado en 1995 durante el gobierno de Carlos Menem.
La eliminación del Renaci había sido condenada hace solo seis días por la CIDH, que manifestó su “preocupación ante decisiones administrativas recientes de Argentina que podrían afectar la protección de los derechos sobre tierras, territorios y recursos naturales de los pueblos indígenas y su ejercicio del derecho a la libre determinación”.
En su pronunciamiento, el organismo internacional había advertido sobre la situación represiva y la vigencia de la norma derogada: “La medida se enmarca en un contexto de retrocesos en el reconocimiento de los territorios indígenas y desalojos forzosos de comunidades en provincias como Jujuy, Río Negro y Chubut”.
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— CIDH – IACHR (@CIDH) December 4, 2024
La derogación de la ley en el contexto del vigente régimen para grandes inversiones
Después de eso, según advierte el lonko del Lof Pillan Mahuiza, Mauro Millán, “la derogación de la ley 26.160 tiene que ver con la necesidad de las empresas nacionales y multinacionales de tener el camino allanado para el despojo de los territorios y los recursos naturales”.
La sentencia del activista se vincula al vigente Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), utilizado por el gobierno de Milei en los argumentos expresados en el decreto de suspensión de la ley, donde la gestión de La Libertad Avanza califica de “irrazonable la extensión de la medida de emergencia y las diferentes afectaciones que esta produce, tanto al derecho de propiedad como al dominio de los recursos naturales de las provincias”.
“Es razonable esperar que dicha finalización de este estado de anormalidad contribuya a la pacificación de los conflictos latentes o activos que todavía puedan subsistir”, aseguran desde el oficialismo.
El Ejecutivo a cargo de Milei agrega en el decreto que anula la emergencia territorial indígena que en los 18 años de vigencia de la ley, se impidió “el libre ejercicio de las actividades productivas y recreativas sobre las tierras involucradas, así como también limita el derecho a la disposición de dichos bienes”.