Veda electoral: ¿cuáles son las actividades prohibidas?

Se vienen las elecciones bonaerenses con desarrollo este domingo 7 de septiembre y desde 48 antes del inicio de los comicios rige la veda electoral, una normativa que fija diversas restricciones a cumplir y actividades terminantemente prohibidas.

De acuerdo con la ley, la veda tiene inicio programado desde este viernes 5 de septiembre a las 8 con extensión hasta el domingo a las 21, tres horas después del cierre de los comicios.

 

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Actividades prohibidas en veda electoral

Además de la restricción de vender y/o consumir bebidas alcohólicas desde el sábado 6 de septiembre a las 20 horas hasta el domingo 7 de septiembre a las 21, hay otros ítems que deben tener en cuenta los electores.

En primer lugar las autoridades de la junta electoral están habilitadas a disponer del cierre de locales que incumplan la normativa.

Después de eso la ley establece que las personas que no cumplan con la veda electoral pueden enfrentar severas multas.

 

Elecciones

 

  1. Realizar actos públicos de campaña.
  2. Emitir o difundir propaganda electoral en medios tradicionales, digitales o redes sociales.
  3. Abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar donde funcionen mesas receptoras de votos.
  4. Publicar encuestas, estudios de opinión, sondeos o proyecciones.
  5. Realizar espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
  6. Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
  7. La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
  8. Está prohibido tomar fotografías de la boleta durante el acto electoral.




 

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