Veda electoral: ¿cuáles son las actividades prohibidas?
Se vienen las elecciones bonaerenses con desarrollo este domingo 7 de septiembre y desde 48 antes del inicio de los comicios rige la veda electoral, una normativa que fija diversas restricciones a cumplir y actividades terminantemente prohibidas.
De acuerdo con la ley, la veda tiene inicio programado desde este viernes 5 de septiembre a las 8 con extensión hasta el domingo a las 21, tres horas después del cierre de los comicios.
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Actividades prohibidas en veda electoral
Además de la restricción de vender y/o consumir bebidas alcohólicas desde el sábado 6 de septiembre a las 20 horas hasta el domingo 7 de septiembre a las 21, hay otros ítems que deben tener en cuenta los electores.
En primer lugar las autoridades de la junta electoral están habilitadas a disponer del cierre de locales que incumplan la normativa.
Después de eso la ley establece que las personas que no cumplan con la veda electoral pueden enfrentar severas multas.
- Realizar actos públicos de campaña.
- Emitir o difundir propaganda electoral en medios tradicionales, digitales o redes sociales.
- Abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar donde funcionen mesas receptoras de votos.
- Publicar encuestas, estudios de opinión, sondeos o proyecciones.
- Realizar espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Está prohibido tomar fotografías de la boleta durante el acto electoral.
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