Veda electoral de cara a las legislativas 2025: ¿cuáles son las actividades prohibidas?

Se vienen las elecciones legislativas nacionales con desarrollo este domingo 26 de octubre y desde 48 antes del inicio de los comicios rige la veda electoral. Se trata de una normativa que fija diversas restricciones a cumplir y actividades terminantemente prohibidas.

De acuerdo con la ley, la veda tiene inicio programado desde este viernes 24 de octubre con extensión hasta el domingo a las 21, tres horas después del cierre de los comicios.

 

Así se informarán los resultados de las elecciones nacionales

 

Actividades prohibidas en veda electoral

Además de la restricción de vender y/o consumir bebidas alcohólicas desde el sábado 25 de octubre a las 20 horas hasta el domingo 26 de septiembre a las 21, hay otros ítems que deben tener en cuenta los electores.

En primer lugar las autoridades electorales están habilitadas a disponer del cierre de locales que incumplan la normativa.

Después de eso, la ley establece que las personas que no cumplan con la veda electoral pueden enfrentar severas multas.

 

Elecciones

 

  1. Realizar actos públicos de campaña.
  2. Emitir o difundir propaganda electoral en medios tradicionales, digitales o redes sociales.
  3. Abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar donde funcionen mesas receptoras de votos.
  4. Publicar encuestas, estudios de opinión, sondeos o proyecciones.
  5. Realizar espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
  6. Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
  7. La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
  8. Está prohibido tomar fotografías de la boleta durante el acto electoral.




 

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