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Bolivia amplió los casos de aborto legal

La Cámara de Diputados de ese país sudamericano aprobó el artículo 153 de un nuevo Código Penal que declara exentos de pena los abortos que, siendo practicados antes de las ocho semanas de embarazo, hayan sido decididos por mujeres que sean estudiantes o que tengan niños, adultos mayores o discapacitados a su cargo.

El anterior Código Penal boliviano no castigaba los abortos después de violación o cuando existía riesgo para la salud de la mujer, pero al mismo tiempo, la ley sigue considerando la interrupción del embarazo como un delito y la sanciona con hasta tres años de prisión.

Por otra parte, el artículo establece que el aborto de las niñas y adolescentes no recibirá sanción en ninguna etapa del embarazo.

La norma obliga también a los servicios públicos de salud a proveer de esta intervención sanitaria a las mujeres que los soliciten y cumplan los requisitos ya explicados, sin poder alegar objeción de conciencia. Esta facultad se reconoce únicamente de forma individual al personal médico y debe ser expresada con anticipación. Además, no tiene validez en caso de riesgo de muerte para la madre.

En agosto pasado, en Chile también se vivieron novedades importantes en relación al aborto luego de que el Congreso de ese país aprobara el proyecto de la presidenta Michelle Bachelet de despenalización en caso de riesgo de vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación.

 

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