Reforma laboral en Argentina: siete puntos principales del proyecto

El presidente Javier Milei firmó el proyecto de reforma laboral que impulsa su gobierno para la Argentina y que comenzarán a tratar los legisladores en el marco de diversas manifestaciones de apoyo empresarial y rechazo sindical. Con algunas modificaciones definidas en los últimos días, la intención de la adminitración de La Libertad Avanza es que el debate se inicie por el lado de los senadores.

Conocidos los detalles y puntos del proyecto de reforma laboral en Argentina, el consejo directivo de la Confederación General del Trabajo (CGT) se opuso terminantemente y anticipó que llevará adelante una movilización el jueves próximo a las 15 por el centro de la ciudad de Buenos Aires.

 

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Los puntos claves de la reforma laboral en Argentina

Uno de los puntos que trabó el diálogo con la CGT fue el tema de las cuotas sindicales. El texto definitivo no incluirá este punto y seguirá la misma modalidad de descuento a todos los trabajadores, sean afiliados o no.

Se espera que el debate legislativo suceda durante las sesiones extraordinarias que tendrán lugar entre el 10 y el 30 de diciembre.

 

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Vacaciones

La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes. Se permitiría fraccionar las vacaciones en partes más cortas (mínimo de 7 días).

Despidos

El proyecto redefine la indemnización por despido sin justa causa: un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con topes basados en el convenio aplicable. Ya no se incluirían conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios al calcular las indemnizaciones, lo que tiende a reducir su monto.

Además, habilita a empleadores a constituir fondos de cese laboral para solventar dicha indemnización. Se ajusta el régimen de preaviso y se mantienen las indemnizaciones especiales para supuestos de enfermedad, accidente o muerte del trabajador.

Después de eso se creará un Fondo de Asistencia Laboral (FAL),financiado por un 3% de aportes del salario del empleado para pagar indemnizaciones por despido, separándolo de los aportes tradicionales.

Procedimientos judiciales

El proyecto redefine el esquema de actualización de créditos laborales, vinculándolos al IPC + 3% anual, prohibiendo intereses sobre intereses salvo mora posterior a sentencia firme. En juicios en trámite se aplicará el criterio de interés moratorio del BCRA, con límites superiores e inferiores para evitar desbalances.

Remuneraciones

El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones.

Después de eso se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultraactividad ni continuidad tácita.

Respecto a los salarios, se habilitan pagos por productividad o mérito, que podrían negociarse por empresa o colectivo. Los sueldos se podrán pagar en pesos o moneda extranjera, pero también en alimentos, especie o viviendas. Actualmente solo se puede abonar en pesos y se habilita hasta un 20% en especie. Se permiten negociaciones dinámicas que podrían condicionar las paritarias.

Ultraactividad y formalización laboral

La reforma impacta directamente en la ultraactividad: los nuevos componentes remunerativos variables no generan ultraactividad, aun tras largo tiempo de aplicación. En materia de formalización laboral, se introduce un registro centralizado ante ARCA como única validación necesaria, y se fortalece la presunción a favor del trabajador cuando exista omisión de registración.

El proyecto habilita ampliar hasta 12 horas diarias de trabajo con descansos mínimos y crea mecanismos como bancos de horas para compensar horas extra con tiempo libre.

Convenios colectivos

El proyecto restringe la aplicación extensiva o analógica de los convenios: sólo rigen para sus partes y su ámbito directo.

Se reconoce que los CCT pueden fijar topes de personal part-time, definir métodos de cálculo de jornada mediante promedios y negociar componentes salariales variables. También se les concede la facultad de reemplazar el régimen indemnizatorio tradicional por fondos de cese laboral sectoriales.

Prácticas sindicales

El proyecto introduce regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos. Los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que impliquen tutela. Limita deducciones automáticas a favor de sindicatos solo cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos.

Además se plantean limitaciones a huelgas y la ampliación de los considerados servicios esenciales. Más actividades tendrán restricciones a asambleas y protestas, y sanciones por bloqueos o tomas en el lugar de trabajo.




 

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