Monotributo: actualización de escalas y nuevos límites mensuales de facturación

Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pusieron en vigencia una actualización de las escalas del monotributo que contempla un incremento del 16,8% tanto en los topes de facturación como en los importes de las cuotas mensuales. La modificación corresponde a la recategorización del segundo semestre de 2026 y tendrá impacto en los pagos con vencimiento a partir de agosto.

En este contexto, los contribuyentes deberán verificar los ingresos obtenidos durante los últimos doce meses para confirmar si permanecen en la categoría actual o si deben efectuar una recategorización conforme a los nuevos parámetros establecidos por el organismo.

 

 

Los montos mensuales de referencia en las escalas del monotributo

Si bien la categoría del monotributo se determina sobre la facturación acumulada de los últimos doce meses, muchos contribuyentes utilizan un cálculo mensual como referencia para controlar su actividad y evitar superar los límites permitidos.

Estos importes constituyen únicamente una referencia para el seguimiento mensual, ya que ARCA considera el total de ingresos facturados durante el período anual al momento de determinar la categoría correspondiente.

  1. Categoría A: hasta $1.000.784,20.
  2. Categoría B: hasta $1.466.265,23.
  3. Categoría C: hasta $2.055.874,53.
  4. Categoría D: hasta $2.552.387,62.
  5. Categoría E: hasta $3.002.352,61.
  6. Categoría F: hasta $3.762.638,28.
  7. Categoría G: hasta $4.499.649,91.
  8. Categoría H: hasta $6.827.055,03.
  9. Categoría I: hasta $7.641.646,83.
  10. Categoría J: hasta $8.751.043,27.
  11. Categoría K: hasta $10.550.903,23.

 

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Qué analiza ARCA además de la facturación

El organismo recordó que la permanencia en una categoría no depende únicamente del nivel de ingresos. También se contemplan otros parámetros previstos por la normativa, entre ellos la superficie afectada a la actividad, el consumo anual de energía eléctrica y, cuando corresponda, el monto de los alquileres devengados.

Asimismo, la evaluación se realiza sobre los ingresos devengados, es decir, sobre las facturas emitidas durante los últimos doce meses, independientemente de que hayan sido cobradas.

En ese sentido, superar el promedio mensual en un momento determinado no implica automáticamente quedar excluido del régimen simplificado, siempre que la facturación anual permanezca dentro del límite previsto para la categoría.

 

 

Cuándo es obligatorio cambiar de categoría

Los monotributistas que excedan los parámetros de la categoría en la que se encuentran inscriptos deberán realizar la recategorización dentro de los plazos fijados por ARCA.

Por su parte, quienes superen el límite máximo permitido para permanecer en el monotributo deberán incorporarse al régimen general y comenzar a tributar IVA y Ganancias de acuerdo con la normativa vigente.

Ante la actualización de las escalas, el organismo recomienda controlar periódicamente la facturación y los demás parámetros del régimen para evitar sanciones, inconvenientes o una eventual exclusión por superar los límites establecidos.




 

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