Martilleros bonaerenses impulsan un proyecto de régimen de alquiler social

El consejo directivo del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires presentó un proyecto para la creación de un régimen de alquiler social bonaerense, una iniciativa que busca aliviar los gastos iniciales que debe afrontar un inquilino al ingresar a un inmueble.

La propuesta quedó presentada durante una reunión de los integrantes del consejo con el diputado provincial Héctor Rubén Eslaiman, a quien se le acercó la iniciativa para su estudio y tratamiento en el ámbito parlamentario.

 

De izquierda a derecha: Alfredo Lavalle, José María Sacco, Luis Colao y Héctor Rubén Eslaiman.

 

Sobre el proyecto de régimen de alquiler social bonaerense

En primer lugar, Luis Colao, presidente de Martilleros BA, explicó los alcances del proyecto de régimen de alquiler social y detalló que la iniciativa “tiene por finalidad aliviar, a un segmento determinado, las erogaciones que debe afrontar un inquilino al ingresar a un inmueble”.

En consecuencia, los colegiados proponen específicamente que “el monto locativo mensual inicial no supere el sueldo básico de la categoría 20 por 48 horas de trabajo del empleado de la administración pública provincial (ley 10.430)”.

 

 

Condiciones para no afrontar determinados costos

Después de eso, Colao ahondó en algunas condiciones por las que aquellos que alquilen en la provincia de Buenos Aires no tendrían que afrontar determinados costos o erogaciones.

  1. Los honorarios de martilleros y corredores públicos por intermediación, o de cualquier profesional que de alguna manera intervenga en la confección de contratos para este régimen, los cuales serán soportados por los locadores, de acuerdo con las escalas arancelarias de cada una de las profesiones.
  2. Los informes que se tramiten ante el registro de la propiedad inmueble serán sin costo para el locatario.
  3. Revisión del tope de la valuación fiscal para la exención del pago del impuesto de sellos.
  4. Para la obtención de los servicios por parte de las empresas prestadoras, se considerará suficiente la presentación del contrato respectivo, con las firmas certificadas por los juzgados correspondientes o, en caso de haberse realizado con la intervención de un profesional, con la firma y sello del matriculado junto con las partes y la certificación del colegio profesional. En todos los casos, dichas certificaciones serán gratuitas para los locatarios.
  5. Las empresas prestadoras de servicios no cobrarán costo alguno en concepto de conexión, reconexión, depósito, cambio de titularidad u otros cargos para los alquileres alcanzados por el régimen de alquiler social.
  6. Se creará un régimen especial de incentivo y simplificación fiscal para los propietarios cuyas viviendas reúnan estas características y se vuelquen a la locación, eximiéndolos del pago de impuestos e invitando a los municipios a adherir mediante exenciones de tasas y derechos.

 

 

Por último, el presidente del colegio precisó: “Hay un concepto que se debe incorporar, como es la segmentación, entendiendo que esta estrategia de dividir en grupos, subgrupos o regiones para asistirlos en forma selectiva implica poner una mirada mucho más justa, sobre todo en una sociedad y una provincia tan vasta y compleja socialmente como la nuestra”.

“Obviamente, no son los locadores ni los profesionales quienes deben suplir los déficits en materia habitacional, ya que ese es un rol indelegable del Estado, pero el esfuerzo conjunto del Estado, los propietarios y los profesionales podrá facilitar el ingreso al mercado locativo de los sectores sociales de menores ingresos”, concluyó el directivo.




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