La Suprema Corte de Justicia de la Provincia resolvió a favor de un pedido de la Defensoría del Pueblo bonaerense y prohibió que las unidades penitenciarias utilicen las celdas de aislamiento como castigo o disciplinamiento contra las personas con padecimiento mental.
La decisión corresponde a la subsecretaría de Derechos Humanos de Personas Privadas de la Libertad del máximo tribunal provincial, que se basó en un pormenorizado informe presentado por el Órgano de Revisión de Salud Mental (ORL) del organismo que conduce Guido Lorenzino. A través del mismo se reclamó no solo la eliminación de este método, sino también otras medidas a favor de los internos con estos padecimientos.
“Es un claro avance en la lucha por la protección de los derechos, para que se respete lo previsto por la Ley de Salud Mental, que determina una serie de garantías para estas personas, pero que no se estaban cumpliendo en algunas unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB)”, sostuvo Lorenzino.
Desde el organismo también pidieron que se ponga fin a las deficiencias edilicias, de funcionamiento y servicios; así como que se asegure la atención integral de la salud y el acceso a los tratamientos, con personal calificado en cantidad y formación adecuada en materia de salud mental y derechos humanos.
Por otra parte, el relevamiento incluyó un pedido para que la Legislatura analice realizar las adecuaciones que correspondan a la Ley de Salud Mental y que el Ministerio Público ejerza oportuna y apropiadamente las funciones de protección, promoción y defensa de los derechos de los usuarios que se encuentren cursando internaciones involuntarias dentro del SPB.
A la Suprema Corte, en tanto, se le solicitó que refuerce las actividades de control de las condiciones en las que se encuentran estas personas.