A través de una resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, ya publicada en el boletín oficial, se estableció que las cooperativas que prestan el servicio de distribución eléctrica en el interior del país, deberán modificar el modo de facturación. Esto impedirá cortes por deudas de conceptos no relacionados con el suministro de energía
Así, en las boletas deberán diferenciar el consumo eléctrico de otros cargos, lo que habilitará a abonar por separado la tarifa por el servicio público de distribución de energía eléctrica y el precio de “otros conceptos ajenos”.
Según la disposición, las cooperativas tendrán un plazo de 30 días para adecuar su facturación. En la misma se destacó que esto evitará “restricciones o cortes del servicio esencial por falta o imposibilidad de pago de conceptos ajenos”. Además, se dejará en claro qué se cobra como adicional.
“Se beneficia así al usuario sin causar agravio alguno para la cooperativa concesionaria”, se destacó en la resolución publicada recientemente en el Boletín Oficial y celebrada por el presidente Mauricio Macri en las redes sociales.