¿Cómo es el juicio por la expropiación de YPF y qué impacto podría tener un fallo desfavorable?
- Un usuario de Facebook señaló que Axel Kicillof es responsable de que la Argentina deba pagar US$ 3.000 millones por la expropiación de la petrolera.
- Sin embargo, el tribunal neoyorquino que tramita la demanda iniciada contra el país por el fondo Burford aún no dictó ninguna sentencia.
- En el entorno del ex viceministro de Economía y ahora precandidato a gobernador bonaerense señalan que en la denuncia se intenta castigar al país por un acuerdo anterior firmado entre privados: Repsol y el Grupo Petersen.
Días atrás, el usuario “Sushiplanero” posteó en Facebook un mensaje en el que señala que por “culpa” del precandidato a gobernador bonaerense del Frente de Todos, Axel Kicillof, la Argentina “deberá pagar US$ 3.000 millones por la expropiación de YPF”.
Sin embargo, esa afirmación no puede ser probada, puesto que trata sobre un proceso judicial en marcha ante los tribunales de Nueva York, en el que actualmente se discute la jurisdicción en el que debería ser tratado. La cifra, en tanto, no fue confirmada oficialmente por ninguno de los organismos nacionales públicos encargados de la defensa de la Argentina, ni tampoco fue reclamada formalmente por el fondo Burford Capital, quien inició la demanda.
A continuación, un repaso por los principales aspectos del juicio, los fundamentos de la demanda, la defensa argentina y la respuesta del entorno del precandidato a gobernador bonaerense del Frente de Todos.
El disparador
El post de “Sushiplanero” cuenta con más de 83 mil compartidos y 1.500 mensajes, y fue publicado el 24 de junio último. “Axel Kicillof quiere ser Gobernador. Hagámosle acordar a la gente, quién es Kicillof y que gracias a él, Argentina deberá pagar US$ 3.000 millones por la expropiación de YPF, que según él, ‘no nos iba a costar un peso’. Caradura”, reza el mensaje viral (para más precisiones sobre esta afirmación, también se puede consultar esta nota).
“Sushiplanero” es una cuenta con 18.800 seguidores en Facebook, cuyo nombre real no se conoce, y que manifiesta en sus posteos apoyo al actual Gobierno, aunque en algunos casos incurre en la difusión de desinformación, como puede verse aquí.
La publicación se realizó en medio del proceso judicial que el fondo Burford Capital mantiene en Nueva York contra el Estado argentino por la estatización de YPF y la posterior quiebra de dos empresas del Grupo Petersen, de la familia Eskenazi.
El proceso se sustancia en el Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, bajo las órdenes de Loretta Preska, la jueza que reemplazó a Thomas Griesa, conocido en nuestro país por llevar adelante el reclamo de los denominados “fondos buitre” contra la Argentina.
En diferentes medios de comunicación se consignó que, de perder el litigio, el país estaría obligado a desembolsar US$ 3.000 millones como compensación a Burford. Sin embargo, esa cifra no fue confirmada por ninguno de los organismos argentinos que intervienen en la defensa jurídica de los intereses del país, ni tampoco fue solicitada formalmente por los demandantes, según pudo comprobar Reverso.
¿Por qué Burford Capital?
Burford es lo que se denomina un hedge fund o fondo de cobertura, que se dedica a la compra de los derechos de litigio de empresas quebradas de todo el mundo y luego inicia juicios por sumas mucho mayores. En otras palabras, funciona a nivel judicial del mismo modo que los llamados “fondos buitre” lo hacen con la compra de títulos de deuda de alto riesgo.
Concretamente, este fondo compró el proceso de quiebra de dos empresas del Grupo Petersen: Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, que poseían acciones por el 25% de YPF, compradas a la petrolera española Repsol en dos operaciones en 2008 y 2011.
Los Eskenazi adquirieron las acciones a través de préstamos de bancos internacionales, y se comprometieron a pagar con el giro de dividendos de sus acciones en la empresa petrolera. En su estrategia de defensa ante la Justicia de los Estados Unidos, la Argentina considera “fraudulenta” esta operación, por lo que alega que no debería continuarse con el litigio.
El pago de los créditos se vio interrumpido con la estatización del 51% de las acciones de YPF, que fueron expropiadas por el Estado argentino a la española Repsol. A partir de entonces, la administración de la compañía prohibió el giro de dividendos, lo que provocó la quiebra de las empresas de los Eskenazi, que no pudieron afrontar sus deudas con los bancos extranjeros.
La quiebra de las dos compañías del Grupo Petersen recayó en el Juzgado Mercantil N° 3 de Madrid, que designó a un síndico y subastó el derecho a litigar. Quien compró esa posibilidad fue Burford Capital, ya conocido en nuestro país porque también intervino, con la misma lógica, en el caso de Marsans, la antigua propietaria de Aerolíneas Argentinas.
Consultados al respecto, voceros del Grupo Petersen señalaron que con la estatización “se modificaron las condiciones con las que el grupo había entrado y devolvía los créditos, y al no poder hacerlo, muchas acciones se las quedaron los bancos acreedores, y por otra parte quedaron un montón de créditos impagos, por eso las empresas se presentan en quiebra en Madrid”.
El juicio
La demanda principal del hedge fund se sostiene en que según el Artículo 7° del Estatuto de YPF, si alguien compraba más del 15% de la empresa debería ofrecer lo mismo a todos los accionistas y no sólo a Repsol. Además, se alega perjuicio porque tras entrar en la compañía (los primeros interventores fueron los entonces viceministro de Economía, Kicillof, y ministro de Planificación Federal, Julio de Vido), el Estado decidió suspender el giro de dividendos que había sido acordado entre Repsol y el Grupo Petersen, lo que desencadenó en que las empresas de los Eskenazi entraran en default al no poder pagar sus deudas.
Burford Capital utiliza como argumento la intervención de Kicillof ante el plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Asuntos Constitucionales, y Minería, Energía y Combustibles del Senado, el 17 de abril de 2012, cuando se debatía la expropiación de YPF (versión taquigráfica completa).
Entonces, Kicillof, que se desempeñaba como viceministro de Economía, se refirió al artículo 7° del estatuto de la compañía, al señalar que “en ese leonino estatuto interno que dijeron que si alguien osaba poner un pie, como al propio Estado… Porque créanme que si uno quería comprar acciones para entrar a la compañía y pasaba el 15%, pisaba la trampa del oso y tenía que comprar el ciento por ciento a un valor equivalente a US$ 19.000 millones. ¡Porque los tarados son los que piensan que el Estado tiene que ser estúpido y comprar todo según la ley de la propia YPF, respetando su estatuto! ¿Si no dónde está la seguridad jurídica? Señores, fue una empresa, se reunieron y dijeron: ‘¿Cómo podemos hacer para que nadie nunca intervenga en el control de la compañía?’” (acá se puede ver un fragmento de la exposición).
En defensa de esta posición, Santiago Pérez Teruel, abogado que forma parte del equipo de Kicillof, indicó respecto al reclamo sobre el artículo 7° que “lo que decidió el Congreso fue aplicar la Constitución, que es superior al estatuto privado de la empresa, y lo que correspondía hacer era el proceso constitucional vigente de expropiación. Esta decisión se toma porque hay un interés público comprometido, que, en este caso, era el control de una empresa que es clave para el desarrollo estratégico del país”, señaló.
En ese contexto, Pérez Teruel sostuvo que “se está discutiendo si se aplica una regulación comercial o si el Estado tiene capacidad soberana para expropiar un bien cuya utilidad reporta un beneficio para los argentinos”.
Respecto de la prohibición del giro de dividendos, el abogado respondió que “la decisión de repartir dividendos o no en una empresa la tiene la mayoría. Un socio minoritario no puede decidir que se repartan los dividendos”. Y aclaró que “en lo que se estaría agraviando Petersen es en la imposibilidad de cumplir compromisos privados respecto de los cuales el Estado nacional ni YPF tienen que ver. Si apalancaron la compra de acciones con un contrato privado con un banco, es un riesgo empresario que corrieron ellos”.
La defensa argentina
La estrategia de defensa de la Argentina, encabezada por la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Bernardo Saravia Frías, tiene varias aristas, que podría simplificarse en dos puntos centrales: la compra de acciones del Grupo Petersen a Repsol fue “fraudulenta”; y la jurisdicción donde deben zanjarse este tipo de conflictos es la argentina, porque aquí está radicada la empresa YPF.
Este último punto fue rechazado el 24 de junio último por la Corte Suprema de Estados Unidos, que confirmó la jurisdicción neoyorquina. Sin embargo, el 11 de julio último la jueza Preska decidió evaluar la cuestión ante un nuevo pedido de la defensa del país, rechazando una moción de Burford para iniciar prontamente el juicio.
En este recurso de “forum non conveniens”, el país alega que “los demandantes no pueden demandar a la Argentina en este Tribunal porque el control de las disputas de ley argentina que surjan de los estatutos de una corporación argentina deben ser llevadas a la jurisdicción donde la corporación mantiene su domicilio social, que en este caso es la Ciudad de Buenos Aires, Argentina” (ver página 19 del alegato de defensa, en inglés).
En otro punto fuerte de la defensa, la Argentina alega que el juicio debe sustanciarse en el país porque “las reclamaciones y las defensas afirmativas presentadas en este documento también se basan abrumadoramente en conductas y acciones que tuvieron lugar en la Argentina y requieren la evaluación de las leyes argentinas y las acciones del gobierno argentino. Además, varios testigos clave están encarcelados en la Argentina o de lo contrario no pueden viajar a los Estados Unidos, y la mayoría de los documentos relevantes se encuentran en Argentina y están escritos en español” (página 21 del alegato).
¿Por qué resulta clave este párrafo? Porque introduce a la principal y más polémica carta de defensa del país: la Argentina sugiere que la compra de las acciones por parte de la familia Eskenazi fue “ilegal” y llega a sugerir que tienen alguna conexión con funcionarios argentinos del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (a quienes refiere cuando señala sobre “testigos encarcelados”).
En ese punto, afirman que “fuentes periodísticas argentinas informaron que una cantidad significativa de dinero recibido por la Provincia de Santa Cruz en regalías de petróleo y la privatización de YPF en 1993, que más tarde ´desapareció´ (los llamados “Fondos de Santa Cruz») en su lugar podrían haber sido utilizados para facilitar y pagar el acuerdo Repsol-Petersen” (página 24 de alegato).
Más allá de este punto, la Procuración del Tesoro, a través del estudio Skaden, Arps, Slate, Meagher & Flom de Estados Unidos, sostiene que el Grupo Petersen y Repsol “celebraron un conjunto altamente dudoso de acuerdos falsos para adquirir sus acciones de YPF, basadas en una transacción de autosuficiencia que usó de forma inadmisible el capital propio de YPF para permitir que los demandantes ‘compren’ sus acciones y ‘reembolsen’ a Repsol. Debido a la naturaleza impropia de los Acuerdos Repsol-Petersen (que causaron daños al Gobierno y al Pueblo argentino), deben anularse ab initio y, por lo tanto, los demandantes no tienen legitimidad para demandar a la Argentina” (página 27 del alegato).
Para la defensa, el Grupo Petersen compró las acciones sin riesgo alguno, ya que pagaría los créditos con los dividendos de la compañía, los cuales tenía asegurados porque gracias a la posición mayoritaria que contaba en sociedad con Repsol, habían decidido distribuirse el 90% de las ganancias.
“Para garantizar que Petersen pueda pagar los ‘préstamos’ que recibió de Repsol, Petersen y Repsol también acordaron incorrectamente que distribuirían como dividendos el 90% de las ganancias de YPF, en lugar de reinvertir esas ganancias en YPF, y además acordaron pagar una cantidad adicional como dividendo especial de $ 850 millones, independientemente de las ganancias reales” (página 24 del alegato).
Voceros del grupo Petersen se defendieron al sostener que “la operación está registrada en la SEC de Estados Unidos (la Comisión de Bolsa y Valores), en la Bolsa de España, tiene el aval de los bancos internacionales… Tendría que haber una conspiración internacional, pasó por muchos filtros”.
Autor:José Giménez I Agencia DIB.
Editores: Juan José Domínguez y Laura Zommer.
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