Aborto legal: se prevé que la votación sea a la madrugada

Pasadas las 11 de este miércoles 10 de diciembre, comenzó otro debate histórico para el país en la Cámara de Diputados de la Nación. Con el mismo se busca determinar si la práctica del aborto continuará en la clandestinidad o podrá realizarse en condiciones de salubridad dignas y seguras.

Además del proyecto para legalizar el aborto hasta la semana 14 de gestación, el Congreso tratará un segundo proyecto en la sesión especial que contiene el “Plan de los 1000 días” y establece una protección integral a la mujer embarazada y al niño hasta los primeros tres años de vida.

En el recinto se encuentran en pleno debate 105 diputados en forma presencial y otros 45 conectados de forma remota. Por la cantidad de oradores, se estima que la votación tendrá lugar durante la madrugada.

El plenario comenzó con las exposiciones de las miembros informantes de los bloques mayoritarios, la oficialista Cecilia Moreau y la macrista Carmen Polledo.

 

 

Luego se desarrollarán los discursos individuales, y en total, se encuentran inscriptos para hacer uso de la palabra 170 oradores, quienes tendrán cinco minutos cada uno para expresarse.

Tras la votación del proyecto sobre el aborto, se efectuará el tratamiento del “Plan de los 1000 días”, el cual se prolongará entre cuatro y cinco horas, según informaron fuentes parlamentarias a la agencia Télam.

Ampliación de derechos

El dictamen de mayoría emitido el miércoles por un plenario de comisiones establece que “las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar” tienen derecho a practicarse un aborto hasta la semana 14 del proceso gestacional.

Los diputados que promueven el aborto legal introdujeron cambios, para facilitar su sanción en el Senado, en lo referido a la objeción de conciencia de las instituciones sanitarias privadas.

Se incorporó además que, para los casos de menores de 16 años que decidan interrumpir un embarazo, se requerirá su consentimiento y se procederá conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, que indica que “la persona menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes legales”.

 

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