Basural en ruta 11: oficializan la titularidad del dominio para el municipio de Madariaga

La ley de expropiación del predio del basural del partido de General Madariaga fue publicada en el boletín oficial del poder Ejecutivo provincial, con lo que se cumplió la última normativa pública para la desafectación de las 97 hectáreas que pertenecían a la familia Tiberio.

Luego de la sanción de la nueva legislación tratada por las cámaras de diputados y senadores bonaerenses, el predio ahora es propiedad de la comuna madariaguense con una exclusiva condición: que se proceda a la implementación de un plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos mediante la construcción de una planta de tratamiento y disposición final.

 

 

En la parcela ubicada en jurisdicción del partido de Gral. Madariaga también depositan los residuos los distritos lindantes de Pinamar y Villa Gesell. Entre las tres comunas se desarrolla desde hace tiempo un trabajo conjunto para mejorar la situación del lugar, donde han tenido lugar múltiples inconvenientes ambientales para la región.

Las gestiones por parte del gobierno del intendente madariaguense Carlos Esteban Santoro para lograr la expropiación fueron extensas y derivaron finalmente en la sanción de la ley, en la cual se define que tanto el predio como la calle de acceso al mismo queden ahora en poder de la comuna y que sea justamente el municipio el que quede a cargo de todos los gastos que surgan para dar cumplimiento a la nueva legislación.




La ley 15.254

Artículo 1º

Declárese de utilidad pública y sujeta a expropiación, la parcela 126.x y la calle de acceso a subdividir del inmueble ubicado en el partido de General Madariaga, identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Rural, Parcela 126 w, Partida 039, Partida Inmobiliaria 52.439, Inscripción de Dominio Nº 22.462 a nombre de Jorge Eduardo, Natalia, Florencia y Lucas Eduardo Tiberio y/o quien o quienes resulten sus legítimos propietarios.

Artículo 2º

El inmueble que se expropia, con una superficie de 97 hectáreas 00 áreas 40, 18 centiáreas y la calle de acceso a ceder con una superficie de 28 áreas 07,48 centiáreas resultan del plano de mensura y división confeccionado al efecto y sujeto a aprobación definitiva una vez sancionada la Ley, generando como remanente la parcela 126.y con una superficie de 251 hectáreas 00 áreas 91,83 centiáreas no afectadas por la presente Ley.

Artículo 3º

La expropiación responde al requerimiento de la Municipalidad de General Madariaga, a la que se adjudicará el dominio del inmueble expropiado, con afectación a la implementación de un plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos mediante la construcción de una planta de tratamiento y disposición final.

 

Una captura satelital del predio que se declaró de utilidad pública.

 

Artículo 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley con sus respectivas imputaciones presupuestarias, será a cargo exclusivo de la Municipalidad de General Madariaga.

Artículo 5º

Se autoriza a la Municipalidad de General Madariaga a implementar los trámites necesarios para el cumplimiento de la presente Ley.

 

Lo más visto