El gobierno nacional prorrogó hasta el 28 de febrero el cierre de fronteras para extranjeros no residentes en el marco de las medidas de prevención por la pandemia de coronavirus y mantiene la prohibición para los vuelos que tengan como origen o destino el Reino Unido o Irlanda del Norte.
De esta manera, podrán ingresar y egresar del país los nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes, bajo una serie de condiciones dispuestas por el Minsterio de Salud.
La medida, dispuesta por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y publicada este 1 de febrero en el boletín oficial, mantiene la prohibición de los vuelos hacia y desde Gran Bretaña debido a la nueva cepa de covid-19. En tanto, sostiene la reducción de los vuelos proveniente de Estados Unidos, Europa y Brasil.
La restricción indica que la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Salud coordinarán las acciones necesarias para determinar los cronogramas de vuelos y la cantidad de pasajeros y pasajeras que ingresarán en forma paulatina y diaria al país, especialmente a través de vuelos provenientes de Estados Unidos, México, Europa y Brasil, manteniendo reducidas las frecuencias de vuelos de pasajeros a los 3 primeros destinos en un 30% y a Brasil en un 50%.
Se reglamentó en Argentina la ley de aporte solidario de las grandes fortunas. https://t.co/6RWbnUDfnV pic.twitter.com/HWHplhadZ9
— Telégrafo (@telegraficos) January 29, 2021
Condiciones de ingreso y salida
La medida prorrogada por el gobierno nacional precisa una serie de condiciones a tener encuenta para los viajantes, la primera y principal es la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con la covid-19.
También se advierte de la necesidad de contar con un servicio de salud del viajero covid en el exterior para la cobertura médica y/o aislamiento y declarar los lugares en donde se estuvo en los últimos 14 días previos al reingreso al país.
Además los viajeros deben dar cumplimiento a las condiciones impuestas por la autoridad sanitaria nacional y someterse al control de las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los municipios a donde puedan dirigirse.
La resolución también recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en el país, y, en particular, a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos en riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales.