Establecen cupos de ingresos al país por las próximas cuatro semanas
Luego de que a fines de junio el gobierno nacional aplicara medidas restrictivas establecidas por DNU hasta este 9 de julio con una serie de determinaciones respecto a los ingresos al país a fin de contener la pandemia del coronavirus, el Ejecutivo a cargo de Alberto Fernández extendió el cierre parcial de las fronteras hasta el 6 de agosto.
Con el objetivo de evitar que se propaguen nuevas variantes del virus Sars-Cov-2, algo que ya tiene desarrollo en otros lugares del planeta, además de impedir el acceso de extranjeros para el turismo se establecieron cupos semanales respecto a la cantidad de argentinos que puedan ingresar al país.
Retrasar la variante delta del virus Sars-Cov-2, según @DrDanielGollan, el gran objetivo para contener una tercera ola. https://t.co/Dp8Ok0ccPi pic.twitter.com/QNbnr2X9Yo
— Telégrafo (@telegraficos) July 7, 2021
Vía área, por lo pronto, desde el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India y los países de África, los aviones no pueden llegar a la Argentina.
En cuanto al acceso de argentinos que lleguen en avión desde otros países, las autoridades guberbamentales estableción los siguientes cupos:
- 5200 plazas para la semana del 10/7/2021 al 16/7/2021
- 6300 plazas para la semana del 17/7/2021 al 23/7/2021
- 7000 plazas para las semanas del 24/7/2021 al 30/7/2021 y del 31/7/2021 al 6/8/2021
Si la llegada al país es por vía marítima, se fijó un cupos de hasta dos buques semanales y con aforo de hasta el 50%.
Para el ingreso autorizado como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros. Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena.
Detalles de la normativa
Todos aquellos quienes regresen del exterior están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen. La estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.
Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de SEIS (6) meses a DOS (2) años y con prisión de QUINCE (15) días a UN (1) año, respectivamente.
Los viajeros/as deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Además, deberán hacerse un testeo al llegar al país y otro testeo al séptimo día de ingreso.
Quienes resulten negativos, al ingreso al país, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobierno provinciales y de la CABA y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.
Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.
Requisitos para transportistas y tripulaciones
- Terrestres: los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de Covid negativo que tendrá una vigencia de 7 días de realizado. Estos testeos deberán realizarse carácter previo a comenzar el viaje, en cercanía a su lugar de residencia.
- Buques: los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales, realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso.
- Aéreos: los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; los nacionales, deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el extranjero y realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos. La obligación alcanza a la tripulación de traslado si no ha respectado la modalidad burbuja.
Obligaciones de transportistas y operadores turísticos
Informar a los usuarios las restricciones vigentes, las condiciones fijadas por cada jurisdicción en la que resida el viajante y la posibilidad de que las mismas sean modificadas según la situación epidemiológica.
Procurar flexibilidad en la reprogramación de fechas de viajes, para facilitar el cumplimiento de la recomendación de diferir viajes no esenciales.
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