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Habilitan el ingreso de turistas de países limítrofes desde este 1 de octubre

Villa Gesell vuelos

El aeropuerto de Villa Gesell recibió vuelos de Sapsa durante la temporada 2018 (Fotos Ricardo Stinco).

La directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, confirmó la apertura de fronteras de la Argentina con sus países limítrofes a partir de este viernes 1 de octubre y ratificó que un mes después, a partir del 1 de noviembre, se permitirá el ingreso de turistas llegados desde cualquier parte del mundo.

En diálogo con el programa La inmensa minoría de Radio Con Vos, la funcionaria recordó inicialmente que fue “a partir del viernes pasado que se permitió el ingreso de argentinos que lleguen del exterior con esquema de vacunación contra la covid-19 completo, siempre y cuando se hayan dado la segunda dosis 14 días antes del ingreso y tengan un examen de PCR negativo”.




Tras esa primera disposición, Carignano inauguró días atrás en Misiones -después de más de 560 días-, el paso más grande fronterizo que tiene la Argentina, situado en Iguazú, donde previamente a la pandemia ingresaban unas 50 mil personas para conocer las cataratas. El mismo quedó habilitado para el ingreso de turistas brasileños en las mismas condiciones estipuladas para los argentinos que lleguen del exterior.

Finamente, a partir de este viernes 1 de octubre, la directora de Migraciones ratificó que “se habilitarán las fronteras de todos los corredores seguros para los turistas que quieran ingresar a la Argentina desde todos los países limítrofes” y adelantó que “a partir del 1 de noviembre es que se permitirá el ingreso de personas desde cualquier lugar del mundo”.

En ese sentido Carignano detalló que la medida de abrir las fronteras en noviembre a todos los países se tomó luego de que el Ministerio de Salud estimara poder tener para mediados de octubre al 50% de la población argentina vacunada con las dos dosis. Dos semanas después, con índices de vacunación aún más amplios, la funcionaria anticipó que se espera poder “flexibilizar la cantidad de vuelos que lleguen al país”, actualmente reducida a una franja horaria matinal.

 

 

Vacunados en el exterior podrán registrar su inmunización en Argentina

Otra de las novedades gubernamentales es que partir de este 1 de octubre quienes se hayan vacunado en el exterior con una vacuna contra la covid-19 autorizada para su uso en nuestro país o precalificada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), podrán solicitar una constancia de su aplicación ante el ministerio de Salud de la Nación a través del portal “Mis Trámites” del sitio Mi Argentina.

Así quedó establecido en la resolución 2673/2021 que fue publicada este 30 de septiembre con la firma de la ministra de la cartera sanitaria, Carla Vizzotti, donde se destaca “la importancia de contar con la información de todas las personas vacunadas, a fin de reunir estadística completa y acabada que evidencie al máximo el nivel de cobertura de las vacunas contra la covid-19, así como que las personas vacunadas puedan acceder a dicha constancia”.

 

 

De acuerdo a la norma, “la constancia de declaración de vacunación covid-19 será elaborada con la información suministrada por la persona vacunada fuera del territorio argentino, la cual tendrá carácter de declaración jurada debido a que, al no contar con una instancia de control previa de la administración, su veracidad será asegurada mediante un juramento ante la autoridad administrativa”.

Se trata de un trámite sencillo que contempla la realización de una declaración jurada por cada dosis recibida. Allí deberán volcarse los siguientes datos: número de Documento Nacional de Identidad (DNI), sexo según DNI; nombre, dosis y lote de la vacuna recibida; fecha, establecimiento, país y ciudad donde se aplicó.




Una vez completa, recibirá el comprobante de la declaración jurada que se podrá descargar por única vez en PDF. La información se enviará al correo electrónico registrado de manera automática. La vacunación de personas menores de 13 años debe registrarla el adulto a cargo.

A su vez, se recomienda la conservación del certificado físico otorgado por la institución o establecimiento del país de origen a cargo de la vacunación declarada, ya que puede requerirse como documento respaldatorio de la DDJJ realizada.

 

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