Empresas con más de 100 empleados deberán ofrecer guarderías o reintegrar gastos

El gobierno nacional oficializó este miércoles la reglamentación del artículo de la Ley de Contrato de Trabajo n° 20.744, que impone a las empresas con más de 100 empleados contar con guarderías para niños de entre 45 días y tres años de edad.

Fue a través del decreto 144/2022 publicado en el boletín oficial que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Juan Manzur; del ministro de Trabajo, Claudio Moroni; y de la titular del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.




La norma sostiene que los empleadores y las empleadoras cuyos establecimientos se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a dos kilómetros entre sí, deberán disponer de la implementación de los espacios de cuidado de manera conjunta dentro de ese radio.

El decreto le concede a los empleadores y las empleadoras el plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la presente medida, a efectos de que realicen las adecuaciones y gestiones pertinentes para el cumplimiento cabal de la obligación prevista.

 

 

Guardería o pago remunerativo

La normativa, no obstante, también estableció que en los convenios colectivos de trabajo se podrá reemplazar la obligatoriedad de contar con los espacios para niños por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados.

La ley especifica que ese monto de reintegro no podrá ser inferior a una suma equivalente al 40 % del salario mensual correspondiente a la categoría asistencia y cuidados de personas del personal con retiro del régimen previsto en la ley 26.844, o al monto efectivamente gastado en caso de que este sea menor.



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