La medida adoptada por el Banco Central de la República Argentina regirá desde el 1 de junio, fecha a partir de la cual las entidades bancarias deberán dar registro del nombre del responsable de cada transferencia y de su número de CUIT, CUIL o CDI.
Estos datos deberán estar disponibles cuando se consulten resúmenes o movimientos de cuentas a través de los canales electrónicos en un plazo no mayor a 24 horas hábiles siguientes a la acreditación de los fondos.
Según informó el BCRA, en abril pasado se hicieron 6,7 millones de transferencias, lo que implicó un crecimiento interanual del 33% medido en cantidad de operaciones y del 63% medido en montos.
Uno de los ejes centrales de la medida es tratar de extender el uso de los medios electrónicos de pago en la sociedad para contribuir a la formalización de la economía y favorecer la recaudación de fondos estatales.