Recientemente se cumplió un año de la sanción de la ley de ‘etiquetado frontal’ y el Colegio de Nutricionistas realizó un balance sobre su aplicación.
Según evaluaron, tras la aprobación de la ley y el tiempo establecido para su adecuación, “modestamente” los octógonos negros se pueden encontrar en algunos productos alimenticios.
Estos sellos en los envases advierten el exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías. Es que sus valores máximos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
“Es una ley que busca la ampliación de derechos. La búsqueda de la información no recae de esta manera en la responsabilidad individual de las personas, sino que ahora forma parte del rol del Estado, a través de una política pública”, explicó la licenciada en Nutrición, Erica Bianquet, integrante del Colegio de Nutricionistas bonaerense.
De esta forma, la normativa “tiene por objeto garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada”. También a dar información nutricional clara, simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas.
Es ley en Argentina el etiquetado frontal en los alimentos y bebidas. https://t.co/YWeu4R23Jq pic.twitter.com/tcKTHOyWJz
— Telégrafo (@telegraficos) October 27, 2021
Sin embargo, Bianquet también advirtió que hoy la implementación del etiquetado frontal se encuentra en una “zona gris”. Es que algunas empresas pidieron un aplazamiento para la adecuación, que les fue concedida, pero “se desconoce cuántas y cuáles fueron beneficiadas”.
“Se han presentado dos pedidos de acceso a la información y en ambos casos respondieron que esa información es confidencial. Así, la sociedad no sabe si los productos alimenticios no deben llevar los octógonos negros, o están alcanzados por la prórroga o, directamente, están incumpliendo la ley”, señaló la nutricionista.
Una ley integral
Según remarcaron desde la entidad, la iniciativa no se limita a la implementación del etiquetado frontal de los alimentos. “Esta es una ley integral que también regula otros aspectos vinculados a mejorar los entornos”, enfatizaron.
En ese sentido, prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y bebidas analcohólicas envasadas que contengan al menos un sello de advertencia, especialmente aquellos dirigidos a las infancias y las adolescencias.
Es así que en sus envases no puede haber personajes infantiles, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas. Tampoco estar acompañados por obsequios, premios, regalos, o cualquier otro elemento de promoción que puedan orientar y/o definir la compra o la elección de estos alimentos.
Asimismo, la norma prevé la inclusión de contenidos mínimos de educación alimentaria y nutricional en los niveles inicial, primario y secundario. Esto en las 60.000 escuelas de todo el país.
Así, desde el Colegio de Nutricionistas bonaerense reclaman la aplicación integral de la ley. Destacaron no solo la importancia del rol del Estado en la implementación, sino también el rol profesional de las y los nutricionistas en su seguimiento.