Cambios sustanciales en la orden de mérito para elegir jueces, fiscales y defensores

El Consejo de la Magistratura bonaerense aprobó un cambio sustancial en su reglamento y estableció, por primera vez en su historia, el orden de mérito para elegir jueces, fiscales, defensores oficiales y asesores tutelares en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

La novedad es consecuencia de la ley sancionada el año pasado que establece la obligación de contar con un orden de mérito para elegir a los magistrados.

El orden de mérito significa que, para formar las ternas de candidatos que son elevadas a la gobernadora Vidal para que ella elija de entre uno de ellos quién será el futuro magistrado, el consejo debe elegir entre los que hayan quedado mejor posicionados.

La trascendencia institucional de este cambio tiene que ver con que a partir de ahora se reduciría sustancialmente el margen de discrecionalidad política para elegir a los futuros jueces, ya que antes la selección quedaba sujeta a que los candidatos sólo hubieran aprobado un examen escrito.

A partir de ahora, para establecer quienes son los mejores candidatos, el Consejo de la Magistratura está obligado a formar esas ternas y tomará en cuenta, además de la nota del examen escrito, un examen oral que será videofilmado, los antecedentes profesionales de los candidatos, el desempeño que hayan tenido en los cursos de la Escuela Judicial -que según la ley sancionada el año pasado será obligatoria a partir de 2021-, y el puntaje que se les asigne en una entrevista personal que también será videofilmada.

 

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