Desde mayo aumenta un 21% el boleto de colectivo en Pinamar
El Concejo Deliberante de Pinamar aprobó en su última sesión un aumento del 21% en el boleto de colectivo a partir de mayo: la empresa 12 de Octubre había solicitado un 41%. Fue con los votos de Juntos y La Libertad Avanza, mientras que el peronismo optó por la negativa.
A partir del proyecto se mantiene el descuento del 60% para los residentes que cuenten con tarjeta SUBE registrada. El beneficio también lo podrán percibir los trabajadores registrados no residentes que se desempeñen en el municipio y que presenten una serie de documentación.
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Tarifa no residentes
- Sección Pinamar Pinamar $3.176,35
- Sección Pinamar – Ostende $3.705,84
- Sección Pinamar – Valeria $4.764,64
- Sección Pinamar – Cariló $5.294,06
- Sección Pinamar – Golf (Línea 2) $3.705,84
- Sección Pinamar-Pinamar (Línea 2) $3.176,35
Tarifa residentes
Sobre la tarifa de no residentes, y a partir del aumento del boleto del 21% que aprobó el Concejo Deliberante, se aplica un 60% de descuento a los residentes de Pinamar. Esto siempre y cuando tengan la tarjeta SUBE registrada.
En este caso, la tarifa -a partir del 1 de mayo cuando entre en vigencia- será la siguiente:
- Sección Pinamar – Pinamar $1.270,54
- Sección Pinamar – Ostende $1.482,33
- Sección Pinamar – Valeria $1.905,86
- Sección Pinamar – Cariló $2.117,62
- Sección Pinamar – Golf (Línea 2) $1.482,33
- Sección Pinamar – Pinamar (Línea 2) $1.270,54
Trabajadores no residentes
Para obtener el beneficio de la tarifa de residentes, los trabajadores deben estar registrados y mantener relación de dependencia en “algún establecimiento con domicilio en el partido de Pinamar”.
Los interesados deberán presentar mensualmente la siguiente documentación en original y dos copias ante la dirección técnica que establezca la municipalidad:
-Documento Nacional de Identidad
-Nota emitida por el empleador en donde se deje constancia de la vigencia laboral denunciada. También del domicilio y localidad de ubicación efectiva del puesto de trabajo, adjuntando adicionalmente a la misma la constancia de alta temprana de AFIP (Simplificación Registral), todo con firma y sello del empleador.

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