Bancos deberán devolver montos cobrados irregularmente en tarjetas de crédito

La Cámara Nacional en lo Comercial dictó sentencia en un juicio contra el Banco Galicia y el Banco Industrial por cobrar -durante 9 años- comisiones de entre el 5% y 10% a usuarios de tarjetas de crédito que superaban el límite de compra.

Según publicó el diario Clarín, el ítem figuraba en los resúmenes de todos los bancos pero, en caso de que la sentencia quede firme, solo beneficiará a los usuarios de las entidades mencionadas, aunque con el antecedente podrían definirse de la misma forma las demandas colectivas contra el resto de las empresas, dado que hay unos 20 juicios en trámite.

El recargo se cobraba cuando el consumidor excedía el límite de compra autorizado, pero el mismo se reducía también por la financiación de compras anteriores, de modo que «en general la gente no sabía que se pasaba del límite«, según explicó al periódico de tirada nacional Horacio Bersten, titular de la Unión de Usuarios y Consumidores, promotora del juicio.

La comisión dejó de cobrarse a fines de 2014 por orden del Banco Central, pero las entidades bancarias se negaron a devolver las suma. Ahora, la Cámara Nacional en lo Comercial definió que el dinero mal cobrado deberá ser devuelto, actualizándolo según la misma tasas de interés que se les cobra a los usuarios de los plásticos para las financiaciones.

De acuerdo a la información publicada, cuando las sentencias queden firmes, los bancos tendrán un plazo de 10 días para cumplirlas. Deberán realizar primero una liquidación y después depositar el dinero en la cuenta de cada cliente. No obstante, las entidades bancarias buscarán apelar la disposición en la Corte Suprema.

 

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