Es ley la capacitación obligatoria con perspectiva de género en los tres poderes del Estado

La denominada ley Micaela, aprobada este martes con 171 votos a favor y uno en contra en Diputados y sancionada este miércoles por la tarde por el Senado por unanimidad, establece la aplicación del Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres en todas las áreas del Estado.

El impacto público del “Mirá cómo nos ponemos” por la denuncia de violación que hizo pública Thelma Fardín contra Juan Darthes, fue una de las variantes que empujó el proyecto, que se había presentado en 2017 y contaba con dictamen de comisión hacía meses.

En medio de una semana marcada por las denuncias de abuso sexual en ámbitos laborales, familiares y de militancia, el oficialismo decidió incorporar el proyecto en sesiones extraordinarias.

El proyecto fue presentado luego del femicidio de Micaela García, la joven de 21 años que fue violada y asesinada a la salida de un boliche, en Gualeguay, por un hombre que ya tenía antecedentes de ataques sexuales.

La noticia del crimen de Micaela, luego de siete días de intensa búsqueda, en abril de 2017, generó una fuerte conmoción a nivel nacional ya que la joven participaba activamente del movimiento Ni Una Menos y militaba en el Movimiento Evita. Por el femicidio fue condenado a prisión perpetua Sebastián Wagner, de 30 años.

Los conceptos de la nueva legislación

  1. Formación y capacitación en perspectiva de género para todos los funcionarios de la gestión pública, sin importar jerarquía ni forma de contratación ni el ámbito en el que desempeñe sus funciones.
  2. La capacitación obligatoria abarca los tres poderes del Estado –Ejecutivo, Legislativo y Judicial- y organismos descentralizados.
  3. El plan de capacitación estará a cargo el Instituto Nacional de la Mujeres, que dirige Fabiana Túñez, y el Ministerio de Modernización.
  4. Los contenidos deben apuntar a la prevención de la violencia de género en todas sus formas, como establece la Ley 26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
  5. Todos los agentes del Estado deben cursar y aprobar todos los años la capacitación. El incumplimiento será considerado una falta grave que incluirá sanciones y obstaculizará el ascenso a un cargo superior en caso de que corresponda.

 

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