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Plan Director de Cariló: “No compartimos su tratamiento y menos aún su aprobación”

Cariló

Desde el foro Amigos de Cariló emitieron un comunicado con un informe del nuevo análisis realizado sobre los alcances del plan director para la localidad, actualmente en debate en el partido de Pinamar, y volvieron a dejar en claro su disconformidad con múltiples puntos de la iniciativa.

“Lo consideramos un plan de desarrollo inmobiliario con un enorme consumo de recursos naturales” sentenciaron en primera instancia desde la entidad.

A principios de julio pasado, los integrantes del foro habían lanzado una advertencia al considerar que, de avanzar el proyecto, podría tener lugar en la localidad pinamarense un desastre ecológico.

 

 

Desde la institución afirmaron ahora que “el plan presentado resulta contrario a los actuales paradigmas que propone el mundo respecto a la sustentabilidad” y, en ese sentido, advirtieron: “Es necesario entender que sin recursos naturales, tampoco habrá posibilidad de turismo alguno”.

“No compartimos su tratamiento y menos aún su aprobación” especificaron los miembros de Amigos de Cariló a continuación, previamente a describir los fundamentos de sus objeciones al plan. “Está visto que no es prioridad el tema medio ambiental para el Departamento Ejecutivo” criticaron luego al gobierno de Yeza, sobre el cual en mayo del año pasado habían recaído acciones judiciales tras ser denunciado por incumplir la ley de paisaje protegido.




Aspectos legales

Desde el foro ponen en referencia el decreto Ley Nº 8.912/77 de la provincia de Buenos Aires (que rige el ordenamiento del territorio, regula el uso, ocupación, subdivisión y equipamiento del suelo) y las ordenanzas municipales del partido de Pinamar nº 422/87 y nº 3890/10.

Según resalta la institución, la citada última normativa comunal prohíbe “nuevas urbanizaciones hasta que se desarrolle un plan director que abarque la totalidad de la localidad, cosa que no se contempla en el proyecto de plan actual”.

“En este caso quedaría fuera de la asignación de indicadores urbanos, gran parte del sector sur, más cercano a la actual planta urbana, lo cual desvirtúa claramente el carácter de ensanche urbano al que hace mención la Ley 8912 de Uso del Suelo, con una muy restringida vinculación con la planta actual, con los inconvenientes en cuanto a integración de las vialidades e infraestructura de servicios que ello implicará. Lo mismo sucede con el sector norte”, señalaron desde la organización a continuación.

 

 

En esa línea, recabaron: “Respecto a los accesos al sector sur. Se determina que los mismos serán por Av. Divisadero y Av. Constancia de 100 metros de ancho. No existe proyecto de modificación de Av. Constancia, ni EIA, al menos en los expedientes presentados, tal como obliga la normativa provincial”.

Posteriormente, en lo que respecta a lo vial, desde el foro ahondaron: “Se plantea el ensanche de la Av. Constancia como acceso al nuevo loteo juntamente con la Av. Divisadero, por dentro del Paisaje Protegido, infrijiendo la Ley 12099 y Ord. 3361 que plantea la necesidad de implementar la disminución de la circulación de vehículos”.




Hormigón

Párrafo aparte mereció el acceso auxiliar en el límite con Villa Gesell durante el tiempo del loteo. “No es definitivo. No figura en planos. No forma parte de la resolución en cuestión” afirma la organización.

“Al respecto si se plantea el ensanche de la Av. Constancia como acceso al nuevo loteo juntamente con la avenida Divisadero, por dentro del paisaje protegido y del actual centro comercial. No hay proyecto ni EIA para dicha obra, como obliga provincia en tales casos. Nótese que si bien a la fecha, el sector sur no se encuentra alcanzado por la Ley 12099, ya a Fs. 57 Expte.167/2018 se prevé que algunas calles podrían ejecutarse con pavimento de hormigón articulado, lo que da una idea del concepto urbano que se pretende“, destacó al respecto la entidad.




Aspectos ambientales

Desde el foro representado por Eduardo Bari cuestionan también que el plan “no plantea aspectos como la zonificación, los usos del suelo y su distribución, las tipologías edilicias derivadas del establecimiento de retiros, los factores de ocupación y las alturas máximas, que crean no sólo la forma que tendrá el lugar y nuestro paisaje antrópico-natural, sino que además establecen la forma social y sus relaciones, los usos que tendrán los espacios, las jerarquías sociales, la vinculación o el respeto por el medio, tanto de los residentes como de los visitantes”.

En ese sentido, la entidad advirtió también que la iniciativa destina una “excesiva superficie a vivienda multifamiliar (155 Ha, equivalentes a la mitad de la superficie zonificada), con el 75% impermeabilizado y con cocheras subterraneas que no computan FOS ni FOT”.

 

 

Según el expediente, las zonificaciones multifamiliares y hoteleras permiten la construcción de planta baja y tres pisos altos, estando próximas ambas a la playa. Al respecto, el foro pone reparos: “Ese planteo urbano desconoce la dinámica propia de nuestros parajes en donde alturas progresivas de menor a mayor, desde el mar a la ruta, son necesarias para mantener la natural dinámica costera que evita la erosión de playa y médanos”.

“De concretarse desvirtuaría definitivamente el carácter predominante actual de la localidad Parque Cariló” expresaron tajantes.

Posteriormente, la agrupación consideró que “la afectación de las hectáreas involucradas en este plan director tendrá consecuencias no sólo en su área operativa (291,36 ha), sino también en su área de influencia, ya sea tanto por el uso de recursos naturales y construidos compartidos (reserva de agua dulce, redes cloacales, eléctricas) como por la armónica relación de las partes”.

De inmediato, recordaron que en la actualidad “en el Parque Cariló se fija mediante la Ord. 3361 construcciones de una sola casa por lote unifamiliar que no supere los límites de FOT y FOS vigentes al dictado de la ley 12.099, siendo los mismos: FOT 0,5/ FOS 0,25. Entendemos que dichos valores debieran aplicarse a la totalidad del nuevo proyecto. Población máxima admisible, turística 13.500, permanente 4.050”.




30.000 habitantes en verano

En otro tramo de su análisis, desde Amigos de Cariló exigen estudios sobre los desagües pluviales de la zona y señalan que el plan director no los ha incluido. Y recuerdan que el recurso hidríco de Cariló está categorizado como de riesgo por la Autoridad del Agua.

“La aptitud hidráulica del bien en su etapa de prefactibilidad estará condicionada a presentar el estudio y proyecto de los desagües pluviales de la zona a preservar y su conexión con el entorno, cuya documentación deberá ajustarse a la normativa vigente. El estudio mencionado no se encuentra incluido en los expedientes recibidos” describieron primero desde la entidad.

Respecto al recurso hídrico, el foro sostiene que “los informes deberían estar más avanzados, con datos sobre la cantidad de población que puede abastecer potencialmente y las medidas de mitigación. Más aún teniendo en cuenta que este plan proyecta 30.000 habitantes para el período estival, que se abastecerán de un recurso ya hoy por encima de sus límites de sutentabilidad”.




“Absolutamente imprudente”

A partir de las dudas sobre el consumo diario de agua de la población turística que típicamente se encuentra en período de relajación, la organización entiende que un “uso displicente” del recurso “pone en riesgo la reserva geológica iniciando un proceso de salinizacion que no podría ser reparado”.

En ese sentido, advierte además que el proyecto “tampoco tuvo en cuenta los diferenciales de consumo según el perfil poblacional” y considera que es “absolutamente imprudente habilitar un fraccionamiento del alcance propuesto” en el plan.




Planta depuradora

Según refiere el foro, “actualmente el vertido de aguas negras de toda la red de cloacas del partido se realiza en un dren a cielo abierto y para quienes no se ven alcanzados por dicha red, mediante pozos ciegos”.

En tal sentido, desde Amigos de Cariló consideran que “debiera establecerse que las cesiones de tierras fijadas por la Ley 89.012 y la Ordenanza Nº 736116 sobre contribución al desarrollo Urbano, serán destinadas a garantizar la construcción de una Planta Depuradora”.

 

 

Frente marítimo

La ley provincial Nº 12.257 establece en su artículo Nº 142 que se prohíbe el loteo y la edificación en una franja de ciento cincuenta (150) metros aledaña al océano Atlántico, además de la edificación sobre los médanos y cadenas de médanos que lleguen hasta el mar aún a mayor distancia.

El foro sostiene que esa distancia mínima establecida por ley esta a su vez condicionada por la ubicación del cordón de dunas y considera que la misma “no debería impedir establecer un criterio propio que proteja el frente marítimo y el cordón de dunas”.

A propósito la organización propone ”establecer la prohibición de lotear y edificar en una franja de 300 metros desde la línea de ribera para evitar el impacto en el cordón de dunas ya consolidado en la actualidad”.

 

Acceso en archivo pdf al documento del foro Amigos de Cariló

 

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