La obra pública en Pinamar deberá emplear un 90% de trabajadores locales

En su última sesión ordinaria, el Concejo Deliberante de Pinamar aprobó una ordenanza de fomento de trabajo local, que establece una serie de pautas para la contratación de trabajadores pinamarenses en la obra pública como también beneficios para las empresas, cooperativas y contratistas locales, entre otros puntos relevantes.

El objetivo de la normativa, avalada de forma unánime, es otorgarle herramientas al Ejecutivo para “exigir a los adjudicatarios condiciones que garanticen la ocupación de mano de obra local”.

Para ser considerados como tales, los trabajadores deberán contar con documentación que acredite una residencia mínima de dos años en Pinamar.

En concreto, la ordenanza establece que toda contratación de obra pública, a realizarse tanto con fondos municipales como provinciales o nacionales por adjudicación o contratación directa, deberá incluir una cláusula contractual que especifique la obligación de la empresa adjudicataria para ocupar como mínimo un 90% de mano de obra local.

 

 

En esta línea, los concejales entendieron que es el Gobierno municipal el que “debe intervenir”, no solo para preservar las fuentes de empleo con mano de obra local sino también para fomentarlas, lo que “sin duda redundará en el crecimiento de la economía local”.

Por otra parte, la norma obliga a la municipalidad de Pinamar a “dar la más amplia difusión a licitaciones públicas, con el fin de garantizar la participación de las empresas, cooperativas y/o contratistas locales”.

Para ser consideradas bajo esta denominación, las mismas deberán poseer el asiento principal de su actividad dentro de los límites geográficos del municipio de Pinamar y estar inscriptas en el registro de proveedores de la Comuna o contar con habilitación en el Partido, en ambos casos con un mínimo de antigüedad de un año.

En tanto, si la antigüedad es mayor o igual a dos años, y no han sido adjudicatarias de otra obra pública en el mismo lapso, los pliegos de bases y condiciones se podrán adquirir en forma gratuita.

 

 

Consideración y comercios locales

En el articulado de la ordenanza se indica que se dará especial consideración en la evaluación a empresas, cooperativas y contratistas locales cuando se garantice “paridad en la calidad y los costos de la propuesta”.

Además, lo mismo regirá en casos de concursos de proyectos o anteproyectos y en el caso de la dirección de Obra, se dará prioridad en la evaluación a los que sean ejecutados “por estudios o por grupos de profesionales radicados en Pinamar”.

Entre otros puntos relevantes, la ordenanza también insta a adquirir preferentemente, en forma total o parcial, los elementos necesarios para la ejecución de la obra, prestación de servicios p provisión de bienes en los comercios o empresas locales con el objeto de fomentar el comercio local.

Para que la normativa no caiga en saco roto y buenas intenciones, la ordenanza establece un régimen de sanciones para las empresas adjudicatarias de obra pública en Pinamar que incumplan los términos fijados.

 

 

Excepciones

La ordenanza exceptúa del cumplimiento del articulado vinculado con el empleo de la mano de obra local en un mínimo del 90% en caso de que por la complejidad de la obra “se requieran especificidades artísticas, técnicas o científicas y no se halle personal calificado o con la experiencia requerida que residan” en Pinamar.

También cuando deban utilizarse patentes o privilegios exclusivos; cuando se produzca una desvinculación laboral, por cualquier causa, y el personal calificado o técnico desvinculado sea el único en la localidad; y cuando la cantidad de puestos a cubrir supere la oferta disponible de nuestra localidad.

 

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