Playas, balnearios y covid-19: Nación presentó pautas y recomendaciones

El ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, a cargo de Matías Lammens, presentó este lunes un protocolo para balnearios y una guía de pautas y recomendaciones para la gestión de playas públicas, en el marco de la pandemia de covid-19.

Ambas iniciativas fueron elaboradas conjuntamente con el Instituto de Calidad Turística Argentina (ICTA), la Cámara Argentina de Turismo (CAT) y las provincias a través del Consejo Federal de Turismo (CFT).

Según informaron desde la dependencia, entre los lineamientos principales los documentos aconsejan una señalización eficiente, que incluye colocar en lugares visibles información sobre las medidas de distanciamiento social, higiene, y las recomendaciones ante la presencia de síntomas sospechosos de covid-19

Además, sugieren brindar información en formato digital, con código QR, a través de la página web y/o disponer de carteleras, atriles, pizarras o bien folletería plastificada que pueda ser limpiada y desinfectada fácilmente tras cada consulta.

 

 

Guía para los municipios

En cuanto a la guía para la gestión de playas públicas, está dirigida a los municipios del territorio nacional que cuenten con espacios públicos como playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra.

La misma establece, en relación a la infraestructura e instalaciones, que se debe garantizar el distanciamiento social obligatorio acorde a la legislación vigente. 

En esta línea, se podrán utilizar líneas demarcatorias que delimiten los espacios para asegurar el cumplimiento de los límites de densidad de ocupación y de distancia mínima, así como promover una circulación en sentido único para el ingreso y egreso de la playa, entre otros.

 

 

Se recomienda que el municipio establezca los mecanismos necesarios para que las personas dispongan sus objetos personales (toallas, reposeras y otros) y permanezcan en la playa pública respetando el distanciamiento interpersonal de seguridad establecido. También se sugiere proveer espacios adecuados para la higiene de manos.

En aquellas playas que cuenten con unidades de sombra disponibles al público, se recomienda distribuirlas respetando la distancia social obligatoria; y controlar que carpas y sombrillas de turistas, así como la zona de circulación entre cada una de ellas, se ubiquen de manera tal que respeten la distancia social mínima de seguridad vigente.

En caso de haber áreas de recreación, deberán respetar las medidas de limpieza, desinfección y distanciamiento. 

Respecto a los espectáculos en playas públicas, se sugiere no realizarlos, a efecto de evitar el aglomeramiento de personas.

Por otra parte, los servicios turísticos en playas públicas, ya sean gestionados por el municipio o concesionados, deberán ser brindados en cumplimiento de los protocolos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes correspondientes a cada actividad.

 

 

Protocolo para balnearios

En cuanto al “Protocolo para Balnearios”, está destinado a todos aquellos establecimientos que brindan servicios como balneario turístico (playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra), con el fin de “asegurar la prevención de la propagación del virus en todos los puntos críticos de la prestación”. 

Se insta así a fomentar la gestión de reservas y pagos de manera electrónica, al tiempo que se establecen medidas de control a los visitantes previo a su ingreso al balneario y determina espacios de entrada y salida diferenciada a fin de minimizar las filas y evitar la aglomeración de personas.

En caso de disponer estacionamiento propio, recomienda dejar libre un módulo entre autos, para evitar la congestión de personas.

En cuanto a la disposición de carpas y sombrillas, plantea la definición de una capacidad máxima garantizando el distanciamiento social obligatorio, incluso en las zonas de circulación. 

De habilitar juegos infantiles, recreativos y áreas deportivas, se deberá garantizar la adecuada y frecuente limpieza y desinfección. De no ser posible, “permanecerán cerradas”, indica la guía nacional.

 

 

En tanto, la apertura y el uso de piscinas, SPA y gimnasios “quedará sujeta a la autorización de la autoridad jurisdiccional competente para funcionar” y de habilitarse, se deberán respetar las condiciones sanitarias que se establezcan a nivel local.

Además, se comunicará a las y los visitantes no tocar los productos/el equipamiento (sillas, sillones, reposeras y sillas anfibias) que estén exhibidos para el préstamo, venta o alquiler y se garantizará su limpieza y desinfección antes y después de cada uso.

Los bebederos comunitarios serán inhabilitados y se dispondrán cestos de residuos, en áreas de espera y/o de alto tránsito, de boca ancha y sin tapa o con tapa accionada con pedal.

Las recomendaciones incluyen limpiar y desinfectar pisos, paredes de sanitarios y toda superficie o elemento de uso y contacto frecuente durante el servicio y una vez finalizado, el control frecuente de sanitarios y vestuarios, verificando el correcto funcionamiento de dispensadores y disponibilidad de agua y jabón y/o alcohol, toallas de papel, cestos con tapa no manual. Las duchas y lavapiés deberán ser utilizados individualmente.

Por último, ambos documentos subrayan la importancia de las medidas de distanciamiento social, higiene de manos (con agua y jabón o solución a base de alcohol al 70%), respiratoria y la limpieza y desinfección de equipamiento e instalaciones.

 

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