Restricciones por la pandemia: clasifican en cuatro categorías a cada región del país

Con vigencia desde este sábado 1° de mayo y por el lapso de tres semanas, hasta el 21 de mayo próximo, el gobierno nacional dispuso extender las medidas de restricción para la contención de la pandemia.

La resolución se basa en los tres factores de riesgo sobre los que se analiza la situación epidemiológica: razón -aumento de casos en últimos 14 días-; incidencia -cantidad de casos sobre población- y ocupación -de las camas de terapia intensiva-. A partir de esos indicadores, los lugares del país se clasifican en cuatro categorías:

  1. En situación de bajo riesgo sanitario
  2. En medio riesgo sanitario
  3. En alto riesgo epidemiológico y sanitario
  4. En alarma epidemiológica y sanitaria

 

 

Medidas generales en todo el país

Viajes grupales: se suspenden los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos.

Reuniones sociales: se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

Personas de riesgo: suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.




Zonas de riesgo medio

En las jurisdicciones de más de 40.000 habitantes, en base a dos indicadores, los rangos a tener en cuenta son: razón, de 0.8 a 1.2, e incidencia, entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes.

En esas regiones, el gobierno nacional faculta y responsabiliza a los gobernadores/as a adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

 

 

Zonas de alto riesgo sanitario

En los municipios de más de 40.000 habitantes, también hay base en dos indicadores: razón, mayor a 1.20, e incidencia, mayor a 150 c/100.000 habitantes.

Reuniones sociales: se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. Y se suspenden también reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

Deportes: se prohíbe la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

Gastronomía: se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 horas.

Circulación: se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).

Aforo: se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos y gimnasios.

Actividades suspendidas: casinos, bingos, discotecas y salones de fiesta no podrán realizar actividad.




Zonas de alerta sanitaria

Educación: restricción en ámbito educativo. Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles.

Actividades suspendidas: centros comerciales y shoppings, actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados, locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno, casinos, bingos, discotecas y salones de fiesta.

Deportes: se prohíben los deportes grupales.

Gastronomía: cierre entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

Circulación: se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).

Transporte público: solo para esenciales y autorizados.

 

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