La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica autorizó la inscripción de productos cosméticos para higiene personal y perfumes que contengan el cannabinoide denominado CBD puro de origen natural o presente en extractos y aceites naturales de ciertas partes de la planta de cannabis sativa.
A través de la publicación en el Boletín Oficial, la Anmat precisó que está bajo su órbita “determinar las limitaciones que corresponden al uso de ciertas materias primas que pueden utilizarse en productos cosméticos”.
En esta línea, agregaron que el cannabis y las sustancias relacionadas “se han incluido durante muchos años en las listas de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961”, aunque ya se retiraron de la Lista IV de la mencionada convención, lo que reconoce “su potencial ventaja terapéutica”.
Además, desde el organismo remarcaron que el Cannabidiol (CBD) es uno de los principales cannabinoides extraídos de la planta de cannabis y “no figura incluido en las listas de las convenciones internacionales de control de drogas de las Naciones Unidas de 1961, 1971 y 1988”.
Seis de cada diez argentinos conocen a alguien que utiliza cannabis medicinal. https://t.co/whHG7GQBGT pic.twitter.com/vcsDJJMqve
— Telégrafo (@telegraficos) August 29, 2021
“El CBD de origen natural, que generalmente posee trazas de THC, no produce efectos psicoactivos y no está asociado a un potencial de abuso y dependencia”, agregaron al hacer referencia al componente medicinal de la planta.
Sobre el mismo, resaltaron que “existen reportadas funciones cosméticas para el ingrediente”, cuyo uso también está autorizado en productos cosméticos a nivel internacional.
Entre las advertencias, la Anmat señaló en la resolución que toda publicidad deberá incluir la leyenda “Producto cosmético que contiene cannabinoide CBD. No apto para el uso medicinal ni para su ingesta” y “no deberá dirigirse y/o protagonizarse por menores de edad, embarazadas y/o personas en periodo de lactancia”.