Zona fría: ¿cómo se adecúan los hogares que dependen del gas envasado?

En una reunión convocada por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), Tomás Garabaglia, responsable del Programa Hogar de la Secretaría de Energía de la Nación, explicó los nuevos alcances del plan adecuándolos a la ley de zona fría sancionada el año pasado.

El programa subsidia o compensa de manera directa a los titulares de hogares de bajos recursos, viviendas de uso social o comunitario (merenderos y clubes de barrio) de todo el país que consuman gas licuado de petróleo (GLP) envasado.


Para seguir con la asistencia de casi 3 millones de inmuebles el gobierno aumentó el subsidio para la compra de garrafas en un 80%.

A partir de esa nueva actualización, el monto de la garrafa de 10 kilogramos aumentará a $414, una cifra fijada por la Secretaría de Energía y que varía en función del tamaño del grupo familiar, la ubicación de la vivienda y la época del año.

 

 

Para percibir el subsidio, los usuarios deberán residir en zonas no abastecidas por el servicio de gas por redes o no estar conectados a la red de distribución de gas de su localidad.

Tras la ampliación del régimen de zona fría a través de la Ley 27.637, que incluyó a los partidos de La Costa, Pinamar, Villa Gesell y Mar Chiquita, el gobierno efectuó adecuaciones también en el acceso a las garrafas mediante un nuevo esquema de asignación para los beneficiarios.

En ese sentido se ampliaron la cantidad de garrafas que se subsidian en forma mensual por familia, pudiendo solicitar garrafas adicionales. Fijando según la región un máximo de consumo de hasta nueve garrafas en los meses de mayo a septiembre, según el anexo II de la Resolución 150/2022.

 

 

Inscripción Programa Hogar

Se puede solicitar el Programa Hogar para acceder a garrafas de 10, 12 y 15 kilogramos de capacidad si se cumple con los siguientes requisitos:

  1. No contar con un servicio de gas natural a nombre de ningún integrante del grupo familiar y tener ingresos mensuales de hasta dos salarios mínimos vitales y móviles.
  2. En hogares donde convive un familiar con discapacidad que cuente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente, los ingresos mensuales del grupo familiar podrán ser de hasta tres salarios mínimos vitales y móviles.
  3. En hogares de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego o partidos incluidos en el régimen de zona fría, los ingresos mensuales del grupo familiar podrán ser de hasta 2,8 salarios mínimos vitales y móviles, o si convive un familiar discapacitado, ingresos de hasta 4,2 salarios mínimos vitales y móviles.

Para consultas se puede ingresar a siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/economia/energia/programa-hogar.



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