Para el 1° de mayo habrá presencialidad plena en la administración pública

El Gobierno nacional estableció el 1° de mayo como fecha límite para disponer el retorno de los trabajadores de la administración pública a la presencialidad, después de la serie de decretos de necesidad y urgencia (DNU) que establecieron la modalidad remota a causa de la pandemia de coronavirus.

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete estableció que “antes del 1º de mayo de 2022 cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (…) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual”.




En este sentido, la titular del área Ana Gabriela Castellani, aseguró que esta resolución “no es un capricho” sino que es parte de las nuevas recomendaciones que estableció el Consejo Federal de Salud y que refrendó en una resolución el Ministerio de Salud.

“Los cuidados en esta nueva etapa se establecen con ventilación simple y no cruzada, con uso de barbijo y con eliminación de la obligatoriedad de dejar dos metros de distancia entre los puestos de trabajo. Así que ya estamos en condiciones de hacer una vuelta a la presencialidad completa en todos los edificios”, afirmó la funcionaria en declaraciones a Télam Radio.

 

 

Nuevas modalidades

Castellani consideró también que después de dos años de haber tenido que recurrir a modalidades de trabajo a distancia “va a ser necesario” abordar en paritarias con los representantes de los trabajadores las “posibilidades y las nuevas modalidades de trabajo”.

“Nosotros ya tenemos propuestas. Sabemos que los sindicatos también tienen las suyas, y en la paritaria que se inicia en el mes de mayo seguramente estaremos trabajando alguna de estas cuestiones para ver cuál es el futuro del trabajo en la administración pública”, añadió.

En la resolución para el regreso a la presencialidad en la administración pública también se dispuso que quedan “exceptuadas” de la implementación de esta medida aquellas personas que acrediten documentación médica por pertenecer a grupos de riesgos.

Por otra parte, en la resolución la Secretaría de Trabajo llamó a mantener presentes las “recomendaciones de cuidado generales para la prevención de covid-19 y otras enfermedades respiratorias agudas”.

 

 

 

Vacunación

En tanto, el Poder Ejecutivo estableció que las oficinas responsables de Recursos Humanos “deberán solicitar a los trabajadores el certificado de vacunación”, mientras que aquellas personas que hayan optado por no inocularse “recibirán asesoramiento del Departamento de Sanidad, o su equivalente”. El objetivo es que obtengan “información sobre las ventajas y posibles desventajas de la vacunación en su caso puntual”.

“De continuar con la decisión de no vacunarse, deberán (…) firmar un consentimiento informado expresando que han recibido y comprendido la información vinculada a la vacunación, que asumen toda responsabilidad derivada de la conducta que adopten, y que se comprometen a tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo que integran”, añadió el texto.

Finalmente, la Secretaría de Gestión y Empleo Público dictaminó que aquellos trabajadores que no cumplan con la modalidad de servicios exigible “serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable”.


Lo más visto