Prepagas: recomiendan derogar la norma que permite aumento de cuotas por edad

La Defensoría del Pueblo de la Nación recomendó al Poder Ejecutivo derogar el decreto que permite a las empresas de medicina prepagas aplicar aumento de cuotas por edad.

A partir de una investigación iniciada de oficio por el organismo, se pudo advertir que con la sanción del decreto Nº 66 del año 2019 “se vulneran los derechos de usuarios y consumidores de los servicios brindados por las empresas de medicina prepaga”.




Según se detalló, hasta el años 2011 las empresas de medicina prepagas tuvieron plena libertad para fijar sus reglas frente a sus usuarios. Esto cambió cuando se sancionó la Ley Nº 26.682 que, entre otras cosas, estableció que la cuota de sus servicios aumentaría siempre que así lo autorizare el ministerio de Salud de la Nación. 

Sin embargo, en el año 2019, el Poder Ejecutivo -por ese entonces a cargo de Mauricio Macri– volvió a dar plena libertad a las prepagas para que estas puedan aplicar un aumento en el valor de la cuota por edad.

 

 

En razón de lo expuesto, la Defensoría nacional concluyó que el artículo 7º del mencionado decreto “vulnera los derechos de los usuarios y consumidores”. Esto los “perjudica enormemente en su vínculo comercial pues esta nueva norma resulta ser menos ventajosa que su antecesora”, agregaron.

Asimismo, el organismo concluyó también que dicho artículo “resulta ser inconstitucional”. De acuerdo a lo explicado, “afecta derechos fundamentales y contraría el espíritu; la letra y los derechos reconocidos por una norma de rango superior como lo es la Ley Nº 26.682”.

Por todo lo expuesto, la Defensoría del Pueblo de la Nación recomendó al Poder Ejecutivo Nacional que arbitre los medios necesarios para que en el más breve plazo posible derogue el artículo 7º del Decreto Nº 66/19 “por ilegítimo e inconstitucional”.

 



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