La prohibición de venta y uso de pirotecnia de alto impacto sonoro ya rige en toda la provincia de Buenos Aires. El Gobierno bonaerense reglamentó la ley 15.406.
Cabe recordar que la norma se aprobó en diciembre en la Legislatura provincia tras un reclamo histórico de asociaciones de familiares de niños y niñas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) y de agrupaciones defensoras de los animales.
“Prohíbase en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro”, establece la nueva ley.
Además señala que esto rige “cualquiera fuera su característica y naturaleza”. Se incluye también a los denominados globos aerostáticos de pirotecnia.
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Según se explica, la normativa, que consta de 17 artículos, tiene como objetivo “proteger la salud, el bienestar de la población y el ambiente”.
El impedimento de comprar y usar fuegos artificiales también rige para el sector público “en los eventos y/o espectáculos que organice”.
Sanciones
Por otra parte, el incumplimiento a la prohibición de venta y uso de pirotecnia será sancionado con multa equivalente al valor de entre cinco y cincuenta haberes mensuales de agentes de seguridad (Agrupamiento Comando) de la policía bonaerense. También se indica el decomiso de la pirotecnia que la persona tenga en su poder.
En tanto, si quien utiliza en forma recreativa artificios pirotécnicos o cohetería es menor de edad, “la sanción será impuesta al adulto responsable del menor”.
Además, la ley sostiene que “será sancionado con multa, decomiso y clausura del lugar o local comercial donde se vendan estos artefactos por un término de cinco a diez días”.
Como resultado, los fondos provenientes de las infracciones se destinarán a campañas de concientización y a capacitaciones para el personal que intervenga en el control de la ley. Esto último estará a cargo de los municipios, el ministerio de Producción y el de Seguridad.
Si bien en el articulado se invita a los municipios bonaerense a adherirse a la norma, hay ordenanzas similares ya implementadas en algunos distritos. Entre ellos se encuentran Villa Gesell, Pinamar y La Costa, así como Junín, Vicente López, Chascomús, Lezama y Florencio Varela, entre otros.