Se aprobó un aumento del boleto de colectivo en Pinamar del 32%

El Concejo Deliberante de Pinamar aprobó en su última sesión un aumento del 32% en el boleto, tal como lo solicitó la empresa 12 de Octubre. Fue con los votos de Juntos y La Libertad Avanza, ya que el Frente de Todos optó por rechazar el ajuste. 

Así, se mantuvo el descuento del 60% para los residentes que cuenten con tarjeta SUBE registrada. El beneficio también lo podrán percibir los trabajadores registrados no residentes que se desempeñen en el municipio y que presenten una serie de documentación.




Tarifa no residentes

  1. Sección Pinamar – Pinamar $2.104,61
  2. Sección Pinamar – Ostende $2.455,45
  3. Sección Pinamar – Valeria $3.156,99
  4. Sección Pinamar – Cariló $3.507,79
  5. Sección Pinamar – Golf (Línea 2) $2.455,45
  6. Sección Pinamar – Pinamar (Línea 2) $2.104,61

 

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Tarifa residentes

Sobre la tarifa de no residentes, y a partir del aumento del boleto del 32% que aprobó el Concejo Deliberante, se aplica un 60% de descuento a los residentes de Pinamar. Esto siempre y cuando tengan la tarjeta SUBE registrada.

En este caso, la tarifa -una vez que el intendente Juan Ibarguren promulgue la ordenanza- será la siguiente:

  1. Sección Pinamar – Pinamar $841,84
  2. Sección Pinamar – Ostende $982,18
  3. Sección Pinamar – Valeria $1262,80
  4. Sección Pinamar – Cariló $1403,11
  5. Sección Pinamar – Golf (Línea 2) $982,18
  6. Sección Pinamar – Pinamar (Línea 2) $841,84

 

Pinamar empleo

 

Trabajadores no residentes

Para obtener el beneficio de la tarifa de residentes, los trabajadores deben estar registrados y mantener relación de dependencia en “algún establecimiento con domicilio en el partido de Pinamar”.

Los interesados deberán presentar mensualmente la siguiente documentación en original y dos copias ante la dirección de Tránsito:

-Documento Nacional de Identidad

-Nota emitida por el empleador en donde se deje constancia de la vigencia laboral denunciada. También del domicilio y localidad de ubicación efectiva del puesto de trabajo, adjuntando adicionalmente a la misma la constancia de alta temprana de AFIP (Simplificación Registral), todo con firma y sello del empleador.


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