Regulan el uso de monopatines eléctricos en Pinamar
El Concejo Deliberante de Pinamar aprobó en su última sesión una ordenanza que regula el uso de monopatines eléctricos en el distrito. La normativa busca ordenar el tránsito y garantizar la seguridad vial en las calles del municipio, donde este medio de transporte ganó popularidad en los últimos años.
En el proyecto se remarcó que “al momento de diseñar las ciudades de futuro, resulta imperioso incluir la ecomovilidad y dar una respuesta jurídica esta nueva realidad social”.
La ordenanza autoriza la circulación de monopatines eléctricos de mas de 700 watts por calles, avenidas y zonas del entramado urbano del partido de Pinamar. Asimismo, plantea una serie de pautas a cumplir.
Así, estos vehículos deberán contar con un sistema de freno que permita una detención total del mismo y su carga en forma eficaz. También con un sistema de iluminación que contenga al menos una luz delantera de color blanca y una luz trasera de color roja que se mantengan encendidas durante toda la marcha.
En cuanto a los conductores, se estableció la obligatoriedad del uso de cascos de protección, los que deberán ajustarse como mínimo a los exigidos para el uso de bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido.
Comunidad y energía: realizan una feria de negocios inclusivos en Mar del Plata
Al mismo tiempo, solo se permite la circulación de un usuario a bordo, no pudiendo transportar carga, animales ni
otras personas. Estos monopatines eléctricos, en tanto, no podrán circular por aceras, zonas exclusivas para peatones y rutas.
Asimismo, no está permitido el uso de teléfonos móviles, auriculares o de cualquier otro sistema de comunicación, imagen o sonido que distraiga la atención del conductor.
Prohibiciones y seguro
La normativa que se aprobó en Pinamar también prohíbe la conducción bajo los efectos del consumo de alcohol y/o drogas, cualquiera sea su nivel de concentración en el organismo. Por otro lado, los conductores tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, que la autoridad de control le exija.
En cuanto a las edades, estos vehículos no podrán ser conducidos por personas menores de 16 años. En caso de que se constate cualquier infracción cometida por estos, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o
de hecho, responderán por la infracción.
Por último, la ordenanza fijó que los usuarios de vehículos de movilidad personal de mas de 700 watts deberán
contratar un seguro de responsabilidad civil contra terceros. El mismo podrá ser exigido por las autoridades pertinentes al momento de circular por la vía pública.
Debe estar conectado para enviar un comentario.