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Cuatro condenas en juicio abreviado por el derrumbe en Santa Teresita

El fatídico derrumbe de la obra del espacio multicultural encarada por la municipalidad de La Costa en la localidad de Santa Teresita, acontecido en marzo del 2018 y que dejó el saldo de seis trabajadores muertos, tuvo resolución en juicio abreviado a través de cuatro condenas con penas en suspenso y un sobreseimiento.

El fallo fue emitido desde el Juzgado Correccional nº 2 del Departamento Judicial de Dolores y condena a Víctor César Chirico, de 47 años de edad (responsable de la empresa constructora), a Fabio Maurizi, de 36 años (arquitecto director de la obra), y a Máximo Villca Camacho, de 51 años (capataz), como coautores del delito de “estrago culposo agravado por causar la muerte de seis personas y por poner en riesgo de vida a otras”.

La sentencia les impuso a cada uno una pena de “tres años de prisión en suspenso” y diversas reglas de conducta, entre ellas, la de abstenerse de participar de cualquier forma de obras públicas municipales, provinciales y/o nacionales.

El cuarto condenado resultó Danilo Taranti, de 56 años, arquitecto (responsable del contralor en nombre de la municipalidad), quien por su responsabilidad en la misma categoría de delito recibió “dos años de prisión en suspenso” e “inhabilitación para ejercer cargos públicos, municipales, provinciales o nacionales por igual tiempo que la condena”.

 

Uno de los homenajes a los seis fallecidos realizados meses después de la tragedia. (Fotos Ricardo Stinco)

 

Absolución

La quinta persona juzgada por su responsabilidad en el derrumbe fue el Secretario de Obras Públicas del municipio en ese momento, el dolorense Juan Pablo García, quien recibió la absolución del magistrado interviniente.

Según cita en forma textual el diario Compromiso de Dolores, el juez entendió que en su condición de abogado y con el rol de responsable político de la gestión -García había asumido el cargo en febrero de 2016-, “su obrar pudo deberse en todo caso, en un cuestión de buena fe y confianza en quienes fueron sus colaboradores y especialistas en el tema de construcciones y se encontraban por debajo de la estructura funcional”.

En esa línea, el fallo agrega sobre García: “Haciendo el mayor esfuerzo y volcando la mayor atención, pudiera haber (este) advertido nunca algún tipo de deficiencias como las que motivaran este lamentable evento”.

 

Así quedó la losa de lo que iría a convertirse en el “Espacio Multicultural Santa Teresita”. (Fotos Ricardo Stinco)

 

Un año y tres meses después de la tragedia

Desde el derrumbe a la resolución judicial pasaron 15 meses. El juicio abreviado fue consensuado por el fiscal de Mar del Tuyú, Gustavo Mascioli, los imputados y sus respectivos abogados, en cuanto a la calificación y la estimación de la pena.

El juez Emiliano Lazzari consideró previo analizar además de los hechos y las imputaciones, que los familiares de las víctimas fatales habían arribado a acuerdos indemnizatorios y habían comunicado que no tenían “más nada que reclamar con motivo del accidente”.

En su veredicto, el magistrado analizó los testimonios de las víctimas del derrumbe que salvaron su vida y la voz de los rescatistas, además de evaluar el informe técnico de la obra: con todo eso precisó que se advirtió una sumatoria de errores en el armado del apuntalamiento de la loza.

En esa línea especificó que el derrumbe había constituido el daño que requería la figura de estrago ya que había ocasionado “un peligro común para todos los que allí se desempeñaban”.

 

Para el juez no hay dudas que el funcionario designado por el municipio “actuó de manera negligente”. (Fotos Ricardo Stinco)

 

Considerandos

  1. Aproximadamente a las 13 horas del 2 de marzo de 2018, el contratista de la obra en construcción del “Centro Cultural Santa Teresita”, el arquitecto designado como representante técnico y el capataz, “de manera imprudente, negligente…, al permitir el llenado de la loza de dicha obra sin contar con los cálculos de estructura correspondientes, sin contar con planos aprobados… crearon con sus conductas un peligro común que causó el derrumbe de parte superior de la loza de dicha obra, la cual ocasionó la muerte de seis obreros que se encontraban apuntalando la endeble estructura, poniendo además en peligro la vida de otros seis que sufrieron lesiones de carácter leves”.
  2. Entre enero de 2017 y la fecha del derrumbe, el individuo designado por la municipalidad de La Costa como representante del contralor de la obra no ejecutó las leyes cuyo cumplimiento eran de su incumbencia, omitiendo entre otros controlar el inicio de obra con planos aprobados.
  3. El día del suceso el funcionario designado por el municipio que se encontraba presente en inmediaciones de la obra “actuó de manera negligente e inobservante de los deberes a su cargo”, al no suspender el llenado de la losa alivianada, cuando la misma no presentaba las medidas de seguridad necesarias y, en su parte inferior, se encontraban operarios realizando tareas de ajuste de último momento.

 

Los familiares de las víctimas fatales arribaron a acuerdos indemnizatorios. (Fotos Ricardo Stinco)

 

Responsabilidades

En cuanto a responsabilidades, Lazzari señaló que la obra había sido encomendada a la empresa que había ganado la licitación, cuyo socio gerente concurría personalmente y periódicamente, pero sin cumplimentar las obligaciones legales y contractuales que le eran propias.

El magistrado también determinó que el arquitecto que llevaba a cabo la dirección había actuado de “forma imperita en su arte y profesión” además de inobservar los reglamentos u ordenanzas.

Por otro lado, también se especificó que el capataz que había llevado a los obreros a cumplir con el llenado de la loza no poseía título habilitante alguno, ni experiencia en la realización de lozas de gran envergadura. En ese sentido, el juez comprobó que Villca Camacho, de nacionalidad boliviana, no había controlado que el armado del encofrado se realizara correctamente y afirmó que, no obstante haber sido alertado que se estaban evidenciando falencias en la estructura, decidió continuar con el llenado de la loza y enviar a operarios a reforzarla.

Finalmente, Lazzari se refirió a quien efectuaba en nombre del municipio la tarea de contralor de la obra y sentenció que Taranti sabía al igual que otros responsables, que correspondía hacer el apuntalamiento necesario para luego comenzar con el llenado de la loza, que no podía haber personas trabajando debajo mientras se realizaba la descarga de hormigón.

 

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