Se sancionó una nueva ordenanza de food trucks en Pinamar

El municipio de Pinamar ya contaba con una norma que autorizaba y regulaba el funcionamiento de food trucks, pero de cara a una nueva temporada y con la experiencia de los años previos, los concejales decidieron sancionar otra ordenanza y derogar la anterior.

“De esta forma, los food trucks pueden convertirse en una herramienta laboral genuina para emprendedores gastronómicos que no tienen la posibilidad de acceder a la instalación de un restaurante por los excesivos costos que ello implica”, señalaron entre los argumentos.

La nueva ordenanza mantiene la esencia de la legislación anterior, aunque agrega algunas condiciones. Así, además de autorizar en Pinamar el ejercicio de esta actividad gastronómica en vehículos autopropulsados o remolcados, se especificó que cada uno de ellos “debe tener características propias”, con “un diseño innovador y atractivo turísticamente”.

A través de la normativa aprobada en la última sesión del Concejo Deliberante, se creará el registro de food trucks, destinado a otorgar un permiso anual -el Ejecutivo podrá otorgar hasta 30 por año- para el desarrollo de la actividad en las Ferias Gastronómicas Itinerantes, eventos culturales, deportivos y turísticos.

Para obtener el permiso se deberá cumplir con una serie de requisitos administrativos, técnicos y de salubridad e higiene, que serán los mismos que regían antes. No obstante, se agregó una modificación en la que se establecieron dos modalidades de pago del permiso correspondiente.

Así, los peticionantes podrán abonar un permiso anual equivalente a 1.500 módulos, que habilitará al permisionario a participar de todos los eventos por el término de un año. También se permitirá el abono de un canon por evento que será de entre 400 y 700 módulos por cada food truck por evento.

La modalidad de food trucks se realizará a través de una “Feria Gastronómica Itinerante” en espacios específicos, tal como lo permitía la ordenanza anterior, pero ahora se podrán utilizar también en “espacios privados establecidos por el COU para explotación comercial gastronómica”.

Además, en estos espacios privados podrán habilitarse food trucks -también deberán estar inscriptos en el registro-como comercios gastronómicos en forma fija o permanente como sucursal de un comercio gastronómico principal.

En tanto, aquellos comerciantes que no cuenten con habilitación de un comercio gastronómico principal en Pinamar y deseen instalar un food truck en espacio privado deben obtener la habilitación correspondiente conforme al rubro solicitado, presentar planos de obra y cumplir con la normativa vigente.

En cuanto a las obligaciones de los permisionarios, además de las ya enumeradas en la ordenanza anterior, se agregó la condición de garantizar el tratamiento y disposición final de los residuos reciclables con destino sustentable; y de la correcta disposición de los residuos húmedos en los espacios que resulten accesibles al sistema de recolección de la municipalidad.

 

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