Recategorización del monotributo habilitada hasta el 20 de enero
Cada inicio de año supone para los miles de contribuyentes registrados en el monotributo de la Administración Federal de Ingresos Públicos una actualización de su estado y de las posibles modificaciones en sus montos y/o categorías.
Según detalla la AFIP, los cambios a registrar deben hacerse a través del sitio web del ente recaudador fiscal www.afip.gov.ar y en este mes de enero habrá tiempo para hacerlo hasta el día 20 inclusive.
Es importante destacar que se debe proceder a la recategorización sólo si en los últimos 12 meses se registraron cambios en el desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o de alquiler.
Por el contrario, si no se registraron cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite y la AFIP da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría.
A través del sitio web o bien tras descargarse en su teléfono móvil la APP “mi monotributo”, el contribuyente debe ingresar su CUIT y clave fiscal e ingresar a la opción monotributo (adhesión y/o empadronamiento al monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación).
Luego se visualizarán los datos que AFIP tiene a título informativo del contribuyente, y se podrá encontrar la opción “recategorizarme”, donde se pide insertar el monto facturado los últimos doce meses.
El usuario debe tener en cuenta que hay que colocar la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido.
Es sumamente importante que cada contribuyente realice la operatoria descripta antes del 21 de enero puesto que, de no hacerla, luego del vencimiento de la misma, la AFIP lo realiza de oficio y de manera peyorativa contra el contribuyente.