La reglamentación de la ley de cannabis medicinal contempla el autocultivo

El ministerio de Salud de la Nación informó que se llevó a cabo la primera reunión del Consejo Consultivo Honorario sobre la investigación médica y científica del uso de la planta de cannabis y sus derivados, en la cual se acordaron los aspectos principales de la propuesta de nueva reglamentación de la Ley 27.350.

Según señalaron desde la cartera que dirige Ginés González García, la propuesta consensuada por todos los integrantes del consejo consultor avanza sobre cinco aspectos centrales: el acceso, la posibilidad de inclusión de otras patologías, la gratuidad, la investigación y la calidad.

En este sentido, para garantizar el acceso en la reglamentación se impulsa el registro de especialidades medicinales, la producción pública, se permite el autocultivo controlado – siempre que “los fines sean legítimos o contaran con autorización”-; la ampliación de especialidades médicas para su prescripción y un registro de pacientes. Además, establece la promoción y apoyo a la investigación clínica para la generación de evidencia para la indicación terapéutica en otras patologías.



El aspecto de la gratuidad estará contemplado “para las personas con cobertura pública exclusiva”, según adelantaron las autoridades, mientras que, en lo que se refiere a la investigación, estipula que los proyectos que no involucren ensayos clínicos en seres humanos, no requerirán autorización del Ministerio de Salud.

En cuanto la calidad, las universidades, a través de sus programas de extensión vinculados al cannabis medicinal trabajarán para el testeo de sustancias y cultivos experimentales para fortalecer la investigación y el acceso.

 

 

El camino transitado

En el marco de la reunión virtual, el ministro de Salud de la Nación agradeció a las organizaciones civiles “por el camino transitado por años para llegar a una ley sobre el uso medicinal del cannabis”. “Nuestro compromiso es vincularlas con un Estado presente”, manifestó González García.

Para la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, la propuesta de la nueva reglamentación “era una deuda pendiente del Estado y tenía la obligación de dar una respuesta a la sociedad en relación a una ley que tiene sus limitaciones”.

Al respecto, la funcionaria subrayó que “era imperioso generar este nuevo consenso que visibilizara todo el trabajo de la sociedad civil, de las organizaciones, de las universidades y de la construcción colectiva que se generó, y en ese sentido, es necesario el acompañamiento del Estado para agregar calidad, equidad, acceso y seguridad para los pacientes”.



Durante la reunión, en la que se aprobó por unanimidad el nuevo reglamento del consejo consultivo, además se amplió la participación de las organizaciones civiles de tres a seis y se designó como presidenta del mismo a la subsecretaria de Medicamentos e Información Estratégica, Sonia Tarragona.

Proceso para la reglamentación

De acuerdo a lo resaltado desde el ministerio de Salud, el proceso que concluyó con este cambio de representación y propuesta de nueva reglamentación comenzó a mediados de febrero y llevó más de diez reuniones con organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas y otros organismos públicos involucrados, “para lograr el mayor consenso posible en una temática controversial que durante los años previos no logró concretar sus objetivos”.

 

 

Asimismo, la agenda de trabajo incluyó la presentación del responsable del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados, Marcelo Morante.

Morante se focalizó en distintos aspectos como la respuesta a la demanda social respecto del acceso a un producto seguro y accesible a través de los laboratorios de producción pública y privada; la posibilidad de investigar sobre otras patologías además de la epilepsia refractaria; generar las condiciones que favorezcan la investigación clínica, básica y epidemiológica; y los convenios con universidades que garanticen la capacitación médica y analítica de los productos utilizados.

También, dentro del ámbito del Consejo Consultivo Honorario, se debatió lo expresado en el artículo 8 de la Ley 27.350 sobre la autorización de cultivos controlados autorizados por el Ministerio de Salud en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 23.737 cuando los fines sean legítimos o contaran con autorización.

 

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