Propietarios no residentes de Villa Gesell: instructivo para solicitar ingreso

En el marco de la inminente apertura de los diferentes municipios de la provincia de Buenos Aires a los propietarios no residentes, desde la municipalidad de Villa Gesell, a través de la Agencia de Recaudación, explicaron cómo completar la declaración jurada para solicitar el ingreso.

Cabe recordar que se estableció a este domingo 1 de noviembre como la fecha en la que se permitirá el acceso, pero no será un ingreso irrestricto sino que cada Comuna implementa su dispositivo.

Así, los propietarios no residentes de Villa Gesell deberán contar con la declaración jurada -la cual se puede descargar al hacer clic aquíy completarla textualmente como está expresada en la tasa de servicio urbano. 

En este punto, las autoridades aclararon que “no corresponde señalar el número de partida Inmobiliaria (ARBA), ya que lo que se solicita en dicho formulario es el número de cuenta municipal de ocho dígitos”.

 

 

Desde la Arvige precisaron que se deben respetar mayúsculas, minúsculas, puntos, comas, puntos y comas, barras, apóstrofos, acentos, guiones, etc.

Asimismo, desde el organismo agregaron que, en caso de no poseer actualizada la titularidad del inmueble, el interesado deberá remitir correo electrónico a catastro@gesell.gob.ar a fin de su modificación. 

“Estas modificaciones en la base de datos realizadas mediante correo electrónico no se realizan de forma online y se deben respetar los tiempos previstos para la correspondiente actualización”, enfatizaron desde el municipio.

A su vez, el área municipal reiteró que el cambio de titularidad registral “es responsabilidad del contribuyente frente a la administración pública municipal y no basta realizarla ante ARBA, ya que es un organismo provincial”.

 

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