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El hospital de Villa Gesell y los CAPS deberán contar con un libro de quejas

hospital Villa Gesell

En su última sesión, el Concejo Deliberante de Villa Gesell aprobó por unanimidad un proyecto de ordenanza que establece la obligatoriedad de contar con un libro de quejas, agradecimientos, sugerencias y reclamos tanto en el hospital municipal como en los centros de atención primaria de la salud.

La iniciativa fue impulsada por el bloque oficialista, que responde al intendente Gustavo Barrera, y también incluye la obligación para todo el personal de salud de exhibir en todo momento la credencial identificatoria.

Entre los argumentos para la sanción de la ordenanza se sostuvo que “es necesario transformar significativamente la costumbre de denuncias infundadas por medios que no permiten tomar medidas por parte de las autoridades”.

 

 

Además, se recalcó que “es un derecho de la comunidad poder denunciar, agradecer, realizar sugerencias y hacer reclamos en las instituciones públicas”, mientras que es “responsabilidad de los organismos públicos velar para que toda persona tenga asegurado el acceso a este recurso”.

En tanto, los ediles entendieron necesario “fomentar el buen trato y amabilidad hacia todas las personas en forma respetuosa e igualitaria, asegurando la calidad en el servicio de atención”.

Asimismo, agregaron que esta herramienta “sirve para llevar un control desde la dirección de hospital como de la secretaría de Salud para la toma de decisiones”, al tiempo que “puede mejorar la relación entre usuarios y trabajadores de la salud”.

El libro de quejas

Así, una vez promulgada la ordenanza, las autoridades municipales deberán disponer tanto en el hospital de Villa Gesell como en los CAPS de un libro de quejas, agradecimientos, sugerencias y reclamos.

 

 

La norma establece que en el hall de entrada del nosocomio y en la sala de espera de guardia y de los CAPS deberá haber un cartel ubicado en lugar bien visible del público donde se informará de la existencia del libro de quejas.

Por otra parte, la ordenanza señala que serán motivos de queja si hubiera tiempo de espera excesivo; mala atención por parte de cualquier integrante del hospital o CAPS sin distinción de cargo o función; faltas de respeto; falta de información sobre los mecanismos de trámite; falta de atención específica a las personas con necesidades especiales y “todo otro factor que haga a la calidad de atención del paciente”.

 

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