El Gobierno nacional anunció este viernes la entrada en vigencia, desde el 1 de enero, de un plan básico universal obligatorio (PBU) para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, internet fija y tv por suscripción. El valor partirá desde los $150 los incrementos para el resto del universo de usuarios podrá ser de hasta el 8%.
La prestación tiene el carácter de “obligatoria” porque las empresas no pueden negarse a otorgar estos planes especiales a los beneficiarios contemplados en la norma, según especifica la resolución 1467 del Enacom.
El objetivo de la medida es “favorecer la universalización del acceso entre los sectores con menores ingresos y la población vulnerable, estimada en más de 10 millones de argentinos”, según remarcó el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, tras un encuentro con la secretaria de Innovación, Micaela Sánchez Malcolm, y el titular del Enacom, Claudio Ambrosini.
Los planes que integran la prestación básica universal y obligatoria, son una “inequívoca señal de política pública dirigida a sostener la asequibilidad a servicios esenciales para millones de argentinas y argentinos beneficiarios de planes sociales”, agregó Cafiero.
Congelan precios y declaran servicios esenciales a la telefonía, internet y la TV paga. https://t.co/dPTZJCEjVl pic.twitter.com/otukXWLbKk
— Telégrafo (@telegraficos) August 22, 2020
¿Quiénes podrán acceder?
Según informó la agencia Télam, entre los beneficiarios figuran jubilados y pensionados con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos; trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos; y los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y de la Asignación Universal por Embarazo.
También comprende a quienes perciben pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, a inscriptos en el Monotributo Social, así como a trabajadores y trabajadoras monotributistas cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos y seguro de desempleo.
Además, los beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar; personas desocupadas o en la economía informal y de programas sociales, en todos los casos incluidos sus hijos de entre 16 y 18 años.
La norma incluye asimismo a los clubes de barrio y de pueblo registrados, asociaciones de Bomberos Voluntarios registrados, entidades de Bien Público sin fines de lucro y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal.
Descongelamiento con topes
Por otra parte, en un contacto que mantuvo con la prensa en Casa de Gobierno el titular del Enacom, Claudio Ambrosini, precisó que “la salida del congelamiento de los precios será con aumentos de hasta el 5%” para aquellos usuarios que no requieren del plan básico universal y obligatorio.
Por su parte, la secretaria de Innovación Pública, Micaela Sanchez Malcom, agregó que “las empresas pymes y cooperativas que tengan menos de 100.000 abonados podrán aplicar un incremento del 8% a partir del 1 de enero”.
Estos incrementos están plasmados en la resolución 1466 del Enacom, a la que tuvo acceso Télam y que en sus considerandos entiende “prudente” admitir “excepcionalmente” que las empresas cuenten con un plazo de diez días para comunicar los incrementos a implementar dentro del tope autorizado.