En el marco de dos acciones de amparo interpuestas por un ciudadano y una organización no gubernamental de ambientalistas, la titular de la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, Laura Mazzaferri, dictaminó en favor de conceder las medidas cautelares que solicitaban el cese y/o suspensión de las actividades de exploración sísmica, explotación petrolera y otros trabajos vinculados en el Mar Argentino.
Así, lo dispuesto por el Gobierno nacional y aprobado por el ministerio de Ambiente, deberá esperar hasta tanto “se realice una evaluación ambiental estratégica y se dé cumplimiento estricto de todas las previsiones normativas en materia ambiental, tanto a nivel nacional como internacional”.
Según informó el sitio Fiscales.gob.ar, respecto a las acciones de amparo, si bien cada una presentaba particularidades en sus pretensiones, “ambas coincidían en la potencial peligrosidad que produciría la prospección sísmica y la eventual explotación petrolífera frente a las costas de Mar del Plata”.
En el caso de la acción iniciada por el ciudadano, éste solicitaba la suspensión de las actividades de exploración sísmica “hasta tanto se obtuviera la declaración de impacto ambiental” y se garantice “el acceso a la información pública y la efectiva participación de la comunidad”.
También pidió que se diera intervención a la Universidad Nacional de Mar del Plata, a la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, a la Universidad Nacional de La Plata y al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet), para la elaboración de los informes sanitarios, técnicos, ambientales y de impacto, correspondientes.
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Por su parte, la Organización de Ambientalistas Autoconvocados interpuso un hábeas corpus colectivo que fue rechazado por el juez de primera instancia, pero luego la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata ordenó reconducir la acción como un amparo, con intervención de la justicia federal civil.
En su presentación, la organización No Gubernamental destacó “la amenaza actual e inminente sobre todos los ejemplares de ballenas franca austral (…) por las emisiones sonoras perturbadoras que generarán las prospecciones sísmicas (bombardeo sonoro intensivo de alto impacto) sobre la Cuenca Norte del Mar Argentino”.
Los dictámenes
En sus dictámenes, la fiscala Mazzaferri consideró configurados los presupuestos para el otorgamiento de la medida cautelar requerida, en tanto se había argumentado correctamente sobre la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
En este sentido, sostuvo que la resolución recurrida, que ha autorizado las prospecciones sísmicas, “se habría dictado sin la intervención de un organismo que, conforme la Ley de Parques y Monumentos Históricos, debía ser consultado de manera obligatoria”.
Esto último, al tener en cuenta el carácter de monumento natural de la ballena franca-austral. A esto se sumó la “alegada falta de debido acceso de todos los ciudadanos a los informes de impacto ambiental utilizados, así como la realización de todos los estudios adecuados requeridos”.
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