Se aprobó la ley de alcohol cero al volante en provincia de Buenos Aires

La Legislatura de la provincia de Buenos Aires sancionó una ley que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos. El proyecto fue impulsado por el Gobierno bonaerense

Así, la norma prevé la incorporación y modificación de artículos de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer la prohibición de conducir a quienes hayan bebido alcohol. Las penas incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.


En el recinto de la Cámara de Diputados estuvo presente el ministro de Transporte provincial e impulsor de la iniciativa, Jorge D’Onofrio.

Con esta modificación al Código de Tránsito se elimina el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre y la tolerancia al conducir pasa a ser cero.

“Logramos un paso fundamental para salvar vidas en la provincia de Buenos Aires. Con alcohol cero al volante avanzamos como sociedad en algo tan necesario como cuidarnos entre todas y todos”, sostuvo el ministro.

 

Nueve de cada 10 personas aprueban el “alcohol cero” al conducir

 

Asimismo, agregó que ahora “la persona que va a conducir sabe que no tiene que tomar ni una gota de alcohol para hacerlo con responsabilidad”.

En tanto, D’Onofrio agradeció el acompañamiento de la Legislatura y también el trabajo de las asociaciones de víctimas. “Buscamos generar un cambio cultural en la Provincia. No pasa por el hecho de poner penas más duras, no buscamos ser recaudadores, queremos ser los promotores de un cambio que nos ayude a tener todas las vidas valen”, remarcó.

Penalidades

La nueva ley contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para conducir. También arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

Las puniciones tienen diferentes grados de aplicación de acuerdo a los niveles de alcohol en sangre detectados.

En esta línea, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar.

 

 

Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses. En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1.000 y 1.500 miligramos de alcohol por litro de sangre.

No obstante, durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre será sancionada únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.


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