Se reglamentó la moratoria jubilatoria: alcances y restricciones
El Gobierno nacional reglamentó la ley que estableció una nueva moratoria jubilatoria y que beneficiará a más de 800 mil personas. Ya se encuentran los turnos habilitados en Anses para iniciar el trámite.
Así, el organismo a cargo de Fernanda Raverta difundió los alcances de la normativa, destinatarios y también las restricciones.
El Plan de Pago de Deuda Previsional está destinado a quienes no tienen los 30 años de aportes. Podrán regularizar su situación y acceder a una jubilación.
En este marco, ya se encuentran habilitados los turnos en www.anses.gob.ar para realizar el trámite en las oficinas del organismo.
“Estamos esperando a estos hombres y mujeres que durante tantos años hicieron un esfuerzo que queremos reconocer. Por eso nuestras más de 420 oficinas estarán abiertas para recibirlos e iniciar el camino hacia una nueva etapa de sus vidas”, señaló la directora ejecutiva de Anses.
Quienes accedan a moratoria jubilatoria no podrán comprar dólar ahorro o bursátil
¿A quiénes alcanza?
-Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no poseen los 30 años de aportes requeridos.
-Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
-El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.
Evaluación socioeconómica
Anses realizará, junto con la AFIP, la evaluación socioeconómica de acuerdo a los siguientes parámetros:
-Ingresos Brutos anuales de la persona solicitante.
-Patrimonio del Impuesto sobre los Bienes Personales, tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor o por la Administración Nacional de Aviación Civil o la Prefectura Naval Argentina o créditos prendarios.
-Gastos y consumos efectuados con tarjetas de crédito y débito.
Cuotas
-El monto a descontar en el marco de la moratoria jubilatoria no podrá exceder las 120 cuotas mensuales.
-No deberá exceder el 30 por ciento del haber mínimo vigente.
Debe estar conectado para enviar un comentario.