Beneficio por zona fría: abrió el registro para usuarios de gas envasado

La secretaría de Energía del Gobierno bonaerense abrió el registro de usuarios de gas envasado para obtener el beneficio por zona fría. Se podrán adquirir garrafas de 10, 12 o 15 kilogramos de capacidad a un precio diferencial.

Cabe recordar que el régimen de zona fría se aprobó en 2021 y establece una tarifa de gas diferencial. El descuento del 50% corresponde a usuarios híper vulnerables y para el resto de los usuarios, el beneficio es del 25%. No obstante, aún no se había regulado la situación de aquellos que no tienen acceso a la red domiciliaria.


La normativa se aplica en los municipios que cumplen con requisitos de temperaturas bajas y climatología adversa. Entre ellos se encuentran Villa Gesell, Pinamar, La Costa y Mar Chiquita.

Ahora, finalmente el Gobierno bonaerense abrió el registro para que los usuarios de gas envasado puedan acceder al beneficio por zona fría. Las garrafas se podrán comprar a un precio diferencial a distribuidores que se encuentren inscriptos en el Registro Provincial de Operadores del Programa (RPO).

 

Municipios bonaerenses reclaman la ley de zona fría en gas envasado

 

En tanto, el valor resulta del precio máximo de referencia determinado por la Secretaría de Energía de la Nación para la venta al público para cada tipo de garrafa, menos una compensación o descuento por kilogramo. El mismo será proporcional con el valor del subsidio establecido para garrafas de 10kg en el Programa Hogar. 

Asimismo, el beneficiario tendrá un cupo mensual de kilogramos a compensar según la zona a la que pertenezca y al mes del año que corresponda. Hay una franja de invierno, de mayo a septiembre, y otra de verano, de octubre a abril.

Para la zona II, donde pertenecen los municipios de Pinamar, Villa Gesell, La Costa y Mar Chiquita, se podrán compensar hasta 90 kilos en invierno, y 45 en verano.

Requisitos

Podrán acceder al beneficio las personas usuarias que tengan domicilio en los municipios contemplados en el régimen de zona fría. Para registrarse es necesario ser mayor de edad y no contar con acceso a redes de gas domiciliarias de Gas Natural (GN) o de Gas Licuado de Petróleo (GLP).

 

 

En tanto, es requisito no ser beneficiario del Programa Hogar y no destinar el consumo de gas envasado en garrafa al desarrollo de actividades comerciales.

Por último, los beneficiarios deben estar dados de alta en el Registro Provincial de Usuarios Residenciales de gas Licuado de Petróleo de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cómo acceder al beneficio?

Para constituirse como beneficiario del régimen de zona fría, el usuario deberá tramitar su alta al Registro Provincial de Usuarios desde la página web de la Dirección Provincial de Energía. 

Allí deben completar el formulario y adjuntar la documentación solicitada a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Asimismo, al momento de registrarse se deben tener en cuenta los puntos de venta para acceder a los operadores que se encuentran adheridos. Esto se puede consultar aquí.


Lo más visto