Propietarios no residentes de Villa Gesell: respuestas a las preguntas frecuentes
Desde este domingo 1 de noviembre, comenzó a permitirse el ingreso al partido de los propietarios no residentes de Villa Gesell -como de todos los distritos bonaerenses– y ante este nuevo escenario, el municipio elaboró un instructivo para dar respuesta a las preguntas más frecuentes.
El municipio que dirige el intendente Gustavo Barrera, a través de la Agencia de Recaudación local, también dio a conocer antes del fin de semana algunas aclaraciones sobre cómo completar la declaración jurada para solicitar el ingreso.
Ahora, se despejan dudas en cuanto a los acompañantes, por dónde se ingresa y qué hacer en caso de que la propiedad en cuestión esté a nombre de alguien más, entre otras consultas.
Propietarios no residentes de Villa Gesell: instructivo para solicitar ingreso. https://t.co/M39sXrbshI pic.twitter.com/H2syBAK356
— Telégrafo (@telegraficos) October 30, 2020
Preguntas frecuentes
– ¿Se puede ingresar con acompañante? Sí.
– ¿Se puede ingresar con más de un acompañante? Sí.
– ¿Se puede ingresar con un acompañante que no sea familiar (obreros específicos)? Sí.
– ¿Se puede ingresar con menores de la familia? Sí.
– ¿Se puede ingresar con animales domésticos familiares? Sí. Se recomienda cuidarlos para que no deambulen por la ciudad libremente.
– ¿Se ingresa solo por el acceso sur (Paseo 139)? Sí.
– Si el inmueble está a nombre de mi padre/madre/abuelo/abuela fallecido y no hice la sucesión correspondiente, ¿puedo ingresar? Debe remitir correo electrónico a la oficina de Catastro, explicar la situación específica y escanear la documentación correspondiente.
Villa Gesell: se extiende el horario comercial y de circulación. https://t.co/XTO1TkwXhI pic.twitter.com/IqzqadnYnC
— Telégrafo (@telegraficos) November 2, 2020
– Si el inmueble está a nombre de mi padre/madre/abuelo/abuela fallecido y tengo declaratoria de herederos sin inscribir, ¿puedo ingresar? Debe remitir correo electrónico a la oficina de Catastro, explicar la situación específica y escanear la documentación correspondiente.
– Realicé la Declaración Jurada y no recibí el correo electrónico de confirmación. Cuando ingreso una nueva dice: “Usted ya solicitó el ingreso”. ¿Qué debo hacer? Debe revisar en la carpeta de correo no deseado o spam. Si persiste el inconveniente, envíe correo electrónico a catastro@gesell.gob.ar a fin de resolver la cuestión planteada.
– ¿Puedo viajar con algún síntoma compatible con covid-19? No.
– ¿Puedo viajar con personas en edad de riesgo? Sí. En este caso, se solicita extremar las medidas de precaución sanitarias.
– Durante el periodo de estadía se puede entrar y salir con el mismo permiso? Sí. En este caso, debe tener copia del permiso obtenido, ya que deja una a la salida y vuelve a entrar con la copia.
– ¿Se puede ingresar varias veces en el mes con el mismo permiso? Sí.
– ¿Se puede ingresar con el permiso obtenido anteriormente de 24/48 o 72hs? Sí.
– A partir del 1 de diciembre, ¿el ingreso será libre? ¿En qué condiciones? Se informará posteriormente.
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