En el marco de un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Agrupación Marplatense de Cannabicultores (AMC), una resolución judicial ordena a la policía bonaerense y demás fuerzas de seguridad que en el Departamento Judicial Mar del Plata se abstengan de realizar detenciones en espacios públicos de “usuarios de sustancias que la ley define como estupefacientes”.
El fallo firmado por el juez de Garantías Juan Tapia insta a frenar las detenciones de este tipo “cuando las circunstancias del caso pongan de manifiesto que la tenencia es para consumo personal y la conducta se realice en condiciones tales que no traiga aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros”.
El presidente de la AMC, Gabriel Díaz, consideró que el dictamen “es muy importante porque aporta racionalidad a un sistema que realmente ha sido hasta muy contradictorio”.
En este sentido, mencionó la vigencia del fallo Arriola -que declaró la inconstitucionalidad de criminalizar la tenencia de estupefacientes para consumo personal- pero al mismo tiempo “se sigue penalizado y persiguiendo a personas cultivadoras”.
Cannabis medicinal: así es el proyecto del gobierno de @Kicillofok para autorizar el autocultivo. https://t.co/hYKRASur65 pic.twitter.com/0F1pKOczAl
— Telégrafo (@telegraficos) December 19, 2020
Desde la AMC señalaron que entre los elementos más destacados del fallo, ni la policía bonaerense ni ninguna otra fuerza de seguridad que intervenga en Mar del Plata “podrán trasladar a una comisaría a personas que hayan sido detenidas por tener drogas ilegales para uso personal y tampoco se les formará una causa penal”.
“Lo que evidencia este fallo es la banalidad con la que se aborda el tema. A pesar de haber un protocolo existente por un criterio técnico, se realizaban traslados de personas a comisarías, sin situación clara porque no estaban detenidas, sólo por deficiencias de la propia policía, para iniciar expedientes que después se archivaban”, agregó Díaz.
Asimismo, recalcó que si bien “un fallo judicial no resuelve todos los problemas que tienen las personas usuarias, sí forja una herramienta frente al abuso policial”.
Cannabis medicinal: Pinamar ya tiene ordenanza. https://t.co/uKTWstypjT pic.twitter.com/Z3XLfBg3so
— Telégrafo (@telegraficos) December 19, 2020
Cabe destacar que la resolución advierte además que “las requisas sin orden judicial deberán concretarse cuando concurran indicios vehementes de la comisión de un delito y razones de urgencia”.
El habeas corpus colectivo
Hace poco más de un año, la Agrupación Marplatense de Cannabicultores, con el patrocinio letrado de Franco Bertolini, presentó un habeas corpus preventivo colectivo para hacer cesar “el hostigamiento policial hacia las personas usuarias de sustancias”.
Dicha presentación advertía la cantidad de intervenciones policiales sobre personas usuarias de drogas por tenencia para consumo personal.
El Juzgado de Garantías n° 4 admitió la presentación y convocó a una audiencia pública, a los efectos de “promover un diálogo democrático en procura de consensos y protocolos de actuación”.
Autocultivo de cannabis medicinal en Villa Gesell: se aprobó la ordenanza. https://t.co/U8xSHPZnyJ pic.twitter.com/HMmA09hC9a
— Telégrafo (@telegraficos) December 9, 2020
Según recordaron desde la AMC, en la audiencia quedó expuesto que “se hacían traslados a comisaría para la confección del acta aduciendo motivos técnicos y la necesidad de realizar una carga en el sistema, esto a pesar de la existencia desde 2015 de un protocolo que indicaba que el acta y secuestro debían realizarse en el lugar”.
Finalmente a mediados de este mes, el juzgado firmó la resolución, en el marco de lo que la Agrupación entiende como litigio estratégico, “para exponer y dejar registro de situaciones de violencia institucional, y construir una herramienta que permita incidir en abordajes ajustados a derecho”.