Por DNU el Gobierno busca “simplificar” la negociación con los laboratorios

El presidente Alberto Fernández suscribirá un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica la ley de vacunas sancionada por el Congreso nacional, con el objetivo de “simplificar la negociación con todos los laboratorios” que comercializan dosis contra la covid-19. 

Los cambios en la normativa abrirán la posibilidad de obtener vacunas contra el coronavirus por tres vías diferentes: los convenios con laboratorios, el mecanismo Covax y las oportunidades de donaciones de diferentes Estados, fundamentalmente de Estados Unidos.

También se establecerá la creación de un fondo de reparación para posibles indemnizaciones en caso de que la vacunación provoque algún daño a una persona y se suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad.

 

 

Así lo anunció este viernes la secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, en una conferencia de prensa que brindó junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

Según precisó la funcionaria, el Presidente dio la instrucción de iniciar conversaciones y encontrar la forma de “compatibilizar las necesidades de los laboratorios con la protección de los intereses del Estado nacional”. 

“Esta compatibilización se logró tras un proceso arduo de los equipos técnicos y jurídicos luego de muchos meses de trabajo entre las partes”, señaló Ibarra.


Esto se concretará a través de un DNU que será publicado mañana en el Boletín Oficial y que permitirá, de acuerdo a las funcionarias, que la Argentina pueda adquirir vacunas pediátricas contra el coronavirus y también ampliar el espectro de vacunas disponibles para la población en general.

Las autoridades remarcaron que el decreto “simplifica la negociación con todos los laboratorios y es el resultado de un proceso de conversaciones y negociaciones con aquellos que proveen las vacunas y habían manifestado la imposibilidad de contratar en el marco de la Ley de Vacunas dictada el año pasado”.

Fondo de reparación

El DNU establece modificaciones a la ley de 27.573 que regula la adquisición de vacunas contra la covid-19.

En principio, se crea un fondo de reparación covid-19 para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.

 

 

Según lo explicado por Ibarra, este tipo de fondo es un instrumento que existe en muchos países del mundo, incluso en el marco del mecanismo Covax, y “da tranquilidad a respecto de las contrataciones”.

Ibarra detalló que “si alguna persona sufre un daño y pide una reparación, tiene que existir la tranquilidad de que ese fondo es el que lo cubre y si no, lo hará el Estado”.

Negligencia

A partir del DNU también se suprimirá la negligencia como supuesto de responsabilidad para quienes tienen a su cargo la investigación, el desarrollo, la producción o el suministro de vacunas, teniendo en cuenta que en los contratos a firmar se establecerá el modo en que el Estado recibe conforme o no las vacunas que se adquieren.

Además, respecto a la referencia a “maniobras fraudulentas, conductas maliciosas” en la ley se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto “más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial”.


Bienes del Estado

En materia de inmunidad de los bienes del Estado se va a eximir de la misma a las regalías que percibe el Estado nacional y los bienes privados del Estado. 

No obstante, todos los bienes soberanos establecidos en la Ley de Restauración de Sostenibilidad de la Deuda “permanecerán soberanos”.

Tanto Ibarra como Vizzotti resaltaron que estas modificaciones se aplicarán con el objetivo de “conseguir la mayor cantidad de vacunas lo antes posible”, mientras que abren además tres posibilidades para recibir dosis: los convenios con laboratorios, el mecanismo Covax y las oportunidades de donaciones de diferentes Estados, fundamentalmente de Estados Unidos.

 

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