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La Corte suspende las modificaciones al Código Tributario y ya hay polémica

El intendente Gustavo Barrera recurrió al máximo tribunal provincial para que deje sin efecto el controvertido artículo del Código Tributario que fija topes a la Tasa de Servicios Urbanos a aplicarse a los inmuebles de Villa Gesell cuyas superficies superen los 7500 metros cuadrados. Desde el Ejecutivo se sostiene que los concejales que votaron la norma se “autobajaron” los impuestos –por ser propietarios de parcelas de estas características- y desde la sanción de la norma se busca su desestimación.

La polémica surge porque la Suprema Corte de Justicia hizo lugar al pedido del jefe comunal y decidió suspender la aplicación de la norma, pero no resolvió solo sobre el artículo 109 –el que versa sobre las grandes parcelas-, sino sobre toda la ordenanza, la cual incluye el aumento de tasas previsto para este 2017.

No obstante, desde el oficialismo en Villa Gesell aseguraron que el aumento a las tasas aprobado se mantiene, pero no el artículo de las grandes parcelas. En diálogo con Radio Mitre, el concejal del Frente para la Victoria Ignacio Paganini explicó que hasta el año pasado estaba en vigencia un decreto que beneficiaba a los poseedores de grandes parcelas en materia tributaria, lo que fue derogado por Barrera.

“Los concejales, encabezados por el bloque de Cambiemos de Villa Gesell, decidieron votar una ordenanza donde dejaron por escrito ese beneficio de que cuantas más tierras tenés, menos tasas pagás”, sentenció. El artículo fue vetado por el intendente, pero luego el Concejo volvió a instaurar la norma, por lo que se llega a esta instancia judicial.

El jefe comunal de Villa Gesell se encuentra este viernes en la ciudad de La Plata y según trascendidos, buscaría que la Corte realice una resolución aclaratoria para que lo dictado solo alcance al artículo 109 y no sobre la totalidad de la ordenanza.

En principio, vale aclarar que la suspensión de la Corte no guarda relación con el fondo de la cuestión ni es una decisión en favor o en contra del pedido del intendente. Es, ni más ni menos, lo que la legislación le ordena que haga en estos casos, de acuerdo al artículo 261 de la Ley Orgánica de las Municipalidad.

Es que se trata de un conflicto entre poderes en Villa Gesell y la normativa vigente indica que  cuando esto sucede, el mismo debe ser comunicado a la Suprema Corte, la cual “dispondrá que se suspenda la ejecución de las disposiciones controvertidas”.

 

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